Facebook Twitter WhatsApp Linkedin
El autor es ninguno
Actualizado: 14 jun 2022 / 14:59 h.
  • ¿Qué cubre un seguro de comunidad?

Las comunidades de vecinos viven a menudo situaciones de incertidumbre cuando se produce un siniestro en el edificio que habitan. La rotura de la caldera, goteras en la terraza o los daños en el ascensor provocan que una comunidad no asegurada o infrasegurada, tenga que hacer frente a una derrama cuantiosa para pagar los desperfectos. Como los daños son casi siempre imprevistos, no a todos los inquilinos les viene bien afrontar una cantidad de dinero elevada para arreglarlos. Este hecho provoca que, muchas veces, se produzcan discusiones entre los interesados.

¿Qué cubre un seguro de comunidad?

Los riesgos cubiertos en los seguros de Comunidades dependen del tipo de póliza contratada y de la compañía con la que se suscribe la póliza, no obstante, las coberturas generales que suele cubrir son las siguientes:

- Daños materiales: La cobertura de daños materiales es una de las más comunes en el seguro de Comunidad de Propietarios. Este servicio se encarga de cubrir los daños que se ocasionan en el edificio.

- Responsabilidad Civil: La responsabilidad civil también está incluida en la mayoría de seguros de este tipo para indemnizar a vecinos, copropietarios y terceros que sufran un perjuicio en el edificio.

- Robo: La garantía por robo puede estar incluida en un seguro de propietarios, todo depende de la póliza que se contrate y las garantías que se decidan. En este caso, se encarga de cubrir a la comunidad de vecinos frente a los daños sufridos por robo o incluso hurto. En muchos casos, también incluye la sustitución de llaves y cerraduras o los efectos personales sustraídos.

¿Por qué contratar un seguro de comunidades si cada vivienda tiene un seguro individual?

Algunas comunidades autónomas exigen su contratación, como ocurre con la comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid, por ejemplo, pero en Andalucía no lo es por el momento.

Respecto a la responsabilidad frente un daño material o personal a un tercero, aunque cada propietario es responsable de su vivienda, todos son copropietarios de las zonas comunes de la comunidad lo que conlleva que todos los vecinos tienen que responder ante una incidencia relacionada.

Respecto a los propios daños al inmueble, ningún seguro de hogar va a dar cobertura a las zonas comunes de un edificio de viviendas por lo que la única forma de tener cobertura es contratando un seguro para la comunidad. Estas coberturas son importantes para el día a día de la comunidad y afectan a todos los vecinos. Por ejemplo, si el cristal de la puerta de acceso al edificio se rompe; si se produce un atasco (no todas las compañías lo cubren) o rotura en las tuberías comunitarias y se está mojando el portal o está afectando a su propia vivienda, etc.

¿Qué coberturas no pueden faltar en tu seguro de comunidades?

Garantías básicas: incendio, humo, explosión, etc.

Daños eléctricos.

Daños por agua.

Roturas de cristales y similares.

Responsabilidad Civil: incluida rc por daños por agua mínimo de origen comunitario.

¿Qué garantías puede incluir adicionalmente?

Responsabilidad civil de daños por agua de origen privativo.

Avería de maquinaria (si la comunidad tiene ascensor de instalación reciente).

Vehículos en reposo (incendio y/o robo) si la comunidad tiene garaje comunitario.

Franquicias y antigüedad del edificio

Si el edificio tiene más de 15 años y no se han realizado reformas de la instalación eléctrica o de tuberías, es posible que la compañía establezca una franquicia para algunas de las garantías, siendo más frecuente la franquicia por daños por agua.

Dependiendo de la compañía, podemos encontrarnos con establecimiento de franquicias a partir de los 15 años sin reformas, 20 años o incluso 30 años. Cuando la vivienda tiene más de 45 años y no se han realizado reformas es posible que las compañías no puedan ni siquiera proporcionarnos oferta.

Por ello, es importante que informes debidamente de las reformas que se han realizado ya que pueden ayudarle a reducir o eliminar una franquicia. Estas reformas deben de poderse justificar/acreditar en caso de siniestro ya que será solicitado por el perito de la compañía.

EN LA PRÁCTICA:

LO QUE OCURRE CUANDO TENEMOS UN SEGURO DE COMUNIDAD

Por ejemplo, si se desprende una parte de la cornisa del edificio y provoca un perjuicio a un viandante, el seguro de comunidad se haría cargo de la compensación por los daños causados. De la misma manera, también protege al resto de propietarios y copropietarios frente a daños que puedan sufrir dentro del edificio, no obstante, no están considerados como terceros dentro de la póliza. Por ejemplo, si el vehículo de uno de los propietarios de un bloque de viviendas resulta dañado por el desprendimiento de una cornisa del edificio, será indemnizado por la cobertura de RC. Ahora bien, esto se realizará por la parte proporcional del seguro del resto de sus vecinos y no de la suya. Esto se debe a que una persona no puede ser considerada tercera frente a sí misma.

LO QUE OCURRE CUANDO NO TENEMOS UN SEGURO DE COMUNIDAD

Si al caer el material de la cornisa del edificio se causan daños a las personas que estaban en la calle, la responsabilidad es de los propietarios, y por tanto serán los propietarios los que paguen las posibles indemnizaciones que se reclamen.

Infórmese en www.omsuscripcion.com o en el 902300331

ETIQUETAS ►