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Actualizado: 04 jun 2018 / 14:40 h.
  • Dos repartidores de Deliveroo. / El Correo
    Dos repartidores de Deliveroo. / El Correo

Una sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Valencia considera que los repartidores de comida en bicicleta o ‘riders’ de Deliveroo son trabajadores por cuenta de la empresa, a la que condena a la readmisión o indemnización de un trabajador al que despidió.

La sentencia, hecha pública este lunes por Intersindical Valenciana, declara la improcedencia del despido del trabajador y es la primera de España que se dicta sobre la relación de la empresa Roofoods Spain SL (Deliveroo) y sus repartidores.

El juzgado valenciano considera probado que el demandante trabajaba siguiendo las instrucciones de la empresa y bajo las condiciones fijadas «unilateralmente» por ella, y concluye que existía una relación laboral entre las partes.

Desde Intersindical destacan que esta sentencia asume su posición y la de la Inspección de Trabajo de Valencia, al considerar que los repartidores son trabajadores por cuenta de la empresa y no trabajadores autónomos.