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Actualizado: 03 feb 2022 / 13:59 h.
  • Alertan de grandes retrasos en los juzgados de lo social de Sevilla

El despacho de abogados Parrado Asesores advierte sobre los enormes perjuicios que causará al trabajador las dilaciones en los juzgados de los Social de Sevilla. Según un estudio de los responsables del despacho en Sevilla, en la jurisdicción Social (donde se incluye la laboral), más del 25% de las demandas interpuestas en 2021 se han señalado para 2024, un 15% para 2025 y hasta un 5% para el año 2026.

Una situación en la que todas las partes pierden, las empresas por tener que asumir una gran cantidad de salarios de tramitación en caso de despidos, el trabajador por no ver reparada su causa en caso de improcedencia, y el propio Estado (todos los contribuyentes), si resulta responsable subsidiario de las cuantías a pagar. Además del colapso laboral y civil en los juzgados de Sevilla, la situación se va a complicar aún más por los recursos a los propios señalamientos tan tardíos que están interponiendo los demandantes.

Estos datos los ha recopilado la delegación en Andalucía en Andalucía de Parrado Asesores, que cuenta con la incorporación de un nuevo letrado especialista en materia laboral en Sevilla, José Moreno Yagüe. De esta manera, se da un importante paso adelante para atender los procesos judiciales y el asesoramiento laboral a empresas y trabajadores que se está llevando a nivel nacional desde Parrado Asesores.

En el caso de los despidos, el juicio laboral más común

En el juicio laboral por antonomasia, el despido, las circunstancias por esta tardanza en los señalamientos se agravan especialmente si se está debatiendo la posible nulidad del mismo.

Con semejante calendario judicial, los hipotéticos salarios de tramitación pueden suponer un gravísimo perjuicio para las empresas, cuyas consecuencias pueden ser especialmente nefastas en el caso de las pymes, llegando en muchos casos al cierre. En el escenario de un despido declarado improcedente, en el que la empresa opte por la readmisión; o en el que el trabajador sea un representante de los trabajadores, se pueden devengar grandes cantidades por los salarios de tramitación.

Si han transcurrido más de noventa días hábiles desde la interposición de la demanda hasta la declaración de improcedencia por primera vez, el empleador tendrá derecho a reclamar del Estado esos salarios de tramitación abonados de más. Hablando de procedimientos señalados en el año 2026, evidentemente la cuantía puede ser de bastante consideración, y si el Estado ha de hacerse cargo de la misma, el contribuyente es el que termina pagando.