Los vecinos de la barriada de la Estrella de Sevilla y, propietarios de edificaciones y equipamientos contiguos, están llevando a cabo una serie de movilizaciones contra la posible construcción de un nuevo Tanatorio en la calle Manuel Siurot número 6. Por ello, el vecindario, junto al bufete Génova, han presentado un escrito ante la Gerencia de Urbanismo acompañado de una gran cantidad de firmas de los afectados. El objetivo es “paralizar y, en su caso, prohibir la construcción” de dicho Tanatorio.
Esta situación es consecuencia de una licencia otorgada por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla para demoler la edificación preexistente a la empresa funeraria. No obstante, “todavía no se ha presentado la licencia del Tanatorio oficialmente en Urbanismo, pero nos consta que se hará dentro de poco. Por tanto, hemos realizado un escrito para contraatacar”, afirma Jorge Alonso, presidente de la intercomunidad de vecinos.
“Consideramos que la construcción de este Tanatorio en esta zona residencial es poco propicia para garantizar la seguridad de todas las personas que vivimos cerca y los colegios que hay alrededor. Puede haber zonas más acordes para esto”, explica Alonso. De hecho, en el escrito de 29 páginas redactado por el abogado Ángel Cabral, del bufete Génova Abogados, expone que “pueden existir riesgos sanitarios para la población” la implantación de dicho Tanatorio. También, refleja que es “notoriamente no compatible con el uso característico de la zona de la vivienda”, y denuncian “la aprensión, el temor, el miedo y la alarma social que conlleva la pretendida implantación de un Tanatorio” al situarse cerca de viviendas y centros educativos.
Por otra parte, los vecinos denuncian en el escrito que la instalación del Tanatorio se produciría en espacio próximo a una “zona acústicamente saturada”, que podría “agravar, deteriorar y perjudicar la situación acústica existente (ya incumplidora de los limites previstos y aconsejables) ante la mayor afluencia de tráfico rodado que conlleva y ahondando en la cualidad de actividad molesta que lleva aparejada la prestación del servicio de tanatorio”.
El alegato asegura que la construcción de un velatorio sería “manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico, a los pronunciamientos de nuestros tribunales y lesivo para los intereses de los denunciantes”. Al mismo tiempo que incurriría “en notoria y clara nulidad de pleno derecho”.