El Ayuntamiento de Sevilla ha resuelto el expediente sancionador incoado contra el arquitecto autor de la declaración responsable formalizada en diciembre de 2018 por la empresa Magrudis, cuya producción de carne mechada contaminada con Listeria monocytogenes provocó el brote epidémico de 2019, para regularizar su actividad, con una sanción de 2.000 euros por las "inexactitudes y omisiones esenciales" detectadas en dicho documento, como ha avanzado Diario de Sevilla, imponiendo en paralelo una multa de 6.001 euros a la propia empresa "por carecer de legalización".
Recordemos que tras aquel brote, que sumó más de 200 afectados, la muerte de cuatro de ellos tras consumir los productos contaminados con la bacteria Listeria monocytogenes y abortos en el caso de varias embarazadas, tanto el Ayuntamiento de Sevilla como la Junta de Andalucía denunciaron a Magrudis ante la Fiscalía por un posible delito contra la salud pública y "graves irregularidades" como darse de alta en 2015 en el registro autonómico de empresas alimentarias sin licencia municipal de actividad y funcionar sin presentar hasta diciembre de 2018 una declaración responsable, revocada tras surgir el citado brote a cuenta de los defectos de la misma.
Después de que el 28 de agosto de 2019 el Ayuntamiento declarase que "no ha surtido efecto" la declaración responsable presentada ante el mismo en diciembre de 2018 por Magrudis para regularizar administrativamente la actividad que habría comenzado en 2013, sin darse de alta hasta 2015 en el registro autonómico alimentario y hacerlo sin autorización municipal, el 30 de agosto de ese año la Administración local incoaba un expediente sancionador contra el técnico autor de dicha declaración responsable.
En el citado documento de inicio de expediente sancionador, recogido por Europa Press, se detallaban aspectos como que los certificados finales de instalación, de contaminación del suelo, de alumbrado exterior y de prevención y calidad acústica "no vienen suscritos por el técnico con firma auténtica", toda vez que al no ser descrita la "capacidad de producción" de la empresa no era inicialmente posible determinar si procedía el trámite de la "auto calificación" de la declaración responsable u "otros instrumentos ambientales diferentes" como la autorización ambiental unificada o la calificación ambiental expresa.