Un decreto establece que todos los edificios tienen que estar adaptados para que una persona en silla de ruedas pueda acceder a su casa sin ayuda. Sin embargo, más del 70 por ciento de los edificios de Sevilla no lo cumple. Eso es lo que denuncia el Colegio de Administradores de Fincas, que lamenta la complejidad de la tramitación de las ayudas, las pocas cuantías y el calendario ajustado de las convocatorias, la mayoría publicadas en verano cuando pocas personas se enteran.
La capital andaluza cuenta con 15.872 bloques de cuatro plantas sobre rasante (bajo y tres alturas), de los que 7.956 carecen de ascensor, según la Encuesta de Censo y Vivienda elaborada por el INE en 2011, la última publicada. No hay datos actualizados, pero casi la mitad de los edificios de Sevilla de más de cuatro plantas no tiene ascensor, la mayoría en San Pablo, Cerro-Amate y Macarena. Incluso ha surgido un movimiento vecinal para luchar contra los «pisos cárcel», informar a los afectados y tratar de agilizar los trámites que se requieren para acceder a las subvenciones públicas para la instalación de ascensores.
Y con este panorama, que impide a muchas personas –sobre todo mayores– salir de sus casas, las administraciones siguen presentando unos balances poco alentadores. De las 132 solicitudes que el Ayuntamiento recibió el pasado verano para la instalación de ascensores en comunidades de vecinos, sólo 25 han sido seleccionadas. Eso sí, «próximamente» habrá una nueva convocatoria, aunque con un presupuesto similar (un millón de euros) que sólo dará para subvencionar parte de la instalación de otra veintena de elevadores.
En el caso de la Junta, en 2015 admitió 16 expedientes por la instalación de ascensores (con ayudas de 526.121 euros), en 2016 fueron 53 expedientes (2.034.628 euros) y de la convocatoria de 2017 aún tiene pendientes 170 expedientes, en fase de resolución. Y, ojo, estas convocatorias han sido fruto del desarrollo del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga 2017, «plan que ya no está vigente, por lo que habrá que ver qué condiciones y requisitos se establecen ante la posibilidad de nuevas convocatorias», según la Junta, que entre 2005 y 2011 ejecutó en la capital hispalense 462 actuaciones dentro del plan de Rehabilitación Singular que incluía la instalación de ascensores. En toda la provincia se colocaron 382.
El Ayuntamiento, a través de la Gerencia de Urbanismo, aprobó el pasado 21 de junio una convocatoria de subvenciones para la instalación de ascensores en edificios residenciales, dirigidas a comunidades de vecinos de edificios con graves problemas de accesibilidad y, especialmente, con residentes de edad avanzada con movilidad reducida o en situación de dependencia.
La principal diferencia con programas anteriores es que en otras ocasiones se concedía la subvención para cofinanciar una obra que era responsabilidad de la comunidad y que luego debía justificar. Aún se están tramitando expedientes de 2014, según reconoce el propio Consistorio. A partir de ahora, es una subvención en especie: el Ayuntamiento hace el proyecto y contrata la construcción del ascensor asumiendo el 95 por ciento del coste.
Eso sí, los requisitos son exigentes. Para poder optar a estas ayudas, las comunidades debían acreditar que al menos la mitad de los propietarios de las viviendas tienen unos ingresos anuales inferiores a tres veces el Índicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, en torno a los 22.365 euros anuales.
Durante los 30 días naturales que concedió el Ayuntamiento para optar a ayudas económicas (entre el 7 de julio y el 7 de agosto del pasado año) se recibieron 132 solicitudes. Sólo una no fue admitida por defectos de forma. Las peticiones recibidas provenían de muy distintas zonas de la ciudad, si bien las más numerosas lo hicieron de barrios de la Macarena, San Pablo-Santa Justa, Cerro-Amate y distrito Norte.
En el proceso de selección se tuvo en cuenta criterios socioeconómicos sociales, tales como los ingresos familiares y el número de personas mayores de 65 años y dependientes que residen en el bloque. Asimismo, se consideraron las características técnicas y de accesibilidad del edificio, especialmente el número de plantas y la ubicación en zonas con necesidad de transformación social. Los inmuebles tienen que tener una altura mínima de tres plantas, al menos diez años de antigüedad y, una superficie destinada a vivienda igual o superior al 80 por ciento.
Una vez baremadas las 131 solicitudes admitidas, la Gerencia de Urbanismo seleccionó 25, consideradas favorables, denegándose las otras 106 restantes, por no cumplir condiciones socio-económicas o técnicas establecidas en las bases de esta convocatoria, según fuentes municipales.
El importe total de las subvenciones asciende a 881.797 euros y hay dos líneas de actuación: una primera, en la que la ayuda se concreta en la redacción de los proyectos y en la dirección y ejecución de las obras para instalar el ascensor por parte de Urbanismo, con 791.681,54 euros que se reparten entre ocho beneficiarios que recibirán el 95 por ciento del importe de las obras, y una segunda línea dirigida a complementar ayudas de la Junta. Se han admitido tres solicitudes que optaban a este tipo de ayudas, a las que han correspondido ayudas por valor de 90.116 euros. La Gerencia aporta respectivamente el 51,24, el 49,5 y el 33,13 por ciento del total de las obras a los propietarios de cada uno de estos tres edificios.
En cuanto a la Junta, el 6 de julio de 2017 se publicó en el BOJA la orden por la que se convocan para 2017 estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria. Con 14,5 millones de euros, esta orden pretende dar apoyo a comunidad de vecinos para ejecutar obras de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, así como de la accesibilidad de las zonas comunes.
Actualmente en fase de resolución, estos incentivos podrán alcanzar a más de 400 edificios, compuestos por más de 6.500 viviendas de toda Andalucía.
Al igual que para las ayudas municipales, la Junta pide que al menos la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. Además, la cuantía máxima de la subvención por edificio es del 35 por ciento del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50 por ciento del coste.
Además, los edificios deben contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente, su construcción debe haber finalizado antes de 1981 y tienen que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las actuaciones. Además, al menos un 70 por ciento de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes. No valen los bloques donde más de un 30 por ciento de los pisos están arrendados.
Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios cuenta con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras.
Y si su bloque es uno de los pocos afortunados y le conceden la ayuda, su abono se realizará en dos pagos del 50 por ciento, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez se entreguen el certificado final de obra. El periodo máximo para ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque podrá ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten a 40 o más viviendas.