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La otra «sí es sí»: 200 euros por amenazar a dos policías

La sentencia condena a un vecino de Castilleja de la Cuesta al pago de la multa, con el aviso de que si no paga conforme a los plazos establecidos tendrá pena de privación de libertad

21 nov 2022 / 13:37 h - Actualizado: 21 nov 2022 / 13:39 h.
"Policía Local"
  • La otra «sí es sí»: 200 euros por amenazar a dos policías

Un vecino de Castilleja de la Cuesta ha sido condenado al pago de una multa de 200 euros con la premisa de privación de libertad en caso de impago, tras amenazar a dos policías locales haciendo el gesto con los dedos de dispararle con una pistola.

Las fuentes consultadas han considerado escasa la pena que tendrá que cumplir finalmente el denunciado, aunque han destacado que, en estos casos, los jueces trabajan con una normativa legal que no contempla penas mayores.

Según se refleja en la sentencia, los hechos se remontan al pasado 14 de junio, cuando una patrulla circulaba por una calle del municipio y observó como un hombre hacía lo que posteriormente comprobaron que era el gesto de disparar una pistola, aunque inicialmente, por la oscuridad de la noche, no distinguían con claridad si realmente llevaba un arma en la mano.

Un viejo conocido de los agentes

Ante esta situación, se bajaron del vehículo y se dirigieron a esta persona, comprobando que se trataba de un vecino de la localidad con el que se habían realizado varias actuaciones policiales en días pasados, además de que había increpado a los agentes posteriormente en la vía pública.

Además, fue denunciado anteriormente por bloquear la centralita telefónica de la Jefatura de Policía Local, ya que, sobre todo en el turno de noche, realizaba llamadas continuamente sin motivo alguno, y cuando los agentes descolgaban manifestaba que no tenía urgencia alguna que comunicar, sino que solo quería quedarse al teléfono entorpeciendo su trabajo.

De hecho, estaba cometiendo un delito, ya que estaba impidiendo que los operativos policiales pudiesen responder rápidamente a una situación de emergencia que se platease al tener la línea telefónica ocupada.

La condena

Ante estos hechos, el titular del juzgado de instrucción número 3 de Sevilla le considera culpable de un delito leve de amenazas, en base al artículo 17.7 del Código Penal, “sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal”.

Además, le impone una multa económica de 40 días a razón de 5 euros diarios, con la premisa de un día de privación de libertad en el caso de que se produzca el impago de una cuota, sin perjuicio de que sigan adelante otros procesos en base a presuntos actos delictivos que haya podido cometer.