Tribunales

La acusación del caso 'Candy' señala que su reciente detención prueba su "alta peligrosidad"

Reitera su petición de que se le implante una pulsera telemática de control para una "mayor protección" a la víctima

El abogado José Antonio Sires (i), y la mujer denunciante (d)atienden a los medios de comunicación ante los Juzgados de Sevilla

El abogado José Antonio Sires (i), y la mujer denunciante (d)atienden a los medios de comunicación ante los Juzgados de Sevilla / Rocío Ruz - Europa Press

El Correo

El Correo

El abogado José Antonio Sires, que ejerce la acusación particular en el caso de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato en el cual el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla se había inhibido en favor de los juzgados de Instrucción, al alegar el inculpado una rectificación de su inscripción registral identificándose como mujer; ha manifestado que la reciente detención de esta persona por presuntos delitos de lesiones y atentado a la autoridad prueba su "alta peligrosidad".

Por eso, y según ha manifestado a Europa Press el citado abogado de la acusación particular, urge que la autoridad judicial acceda a sus peticiones respecto a la implantación a esta persona de una "pulsera telemática de control" e incluso la medida de "prisión provisional", habida cuenta de que a través de sus hechos, "Candy" ha demostrado "una absoluta falta de respeto por la víctima, la autoridad judicial y ahora por la autoridad policial".

Según José Antonio Sires, estas medidas de "geolocalización" mediante una pulsera telemática de control o incluso de prisión provisional son "necesarias" por la "alta peligrosidad" de 'Candy' y "para una mayor protección" de su expareja y denunciante de maltrato.

Y es que 'Candy' ha sido recientemente objeto de detención por presuntos delitos de atentado a la autoridad y lesiones con relación a unos agentes de la Policía Nacional que intervinieron en un altercado en el que esta persona se había visto involucrada, quedando después en libertad con cargos.

Ello, después de que el Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla haya devuelto recientemente el asunto al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos, al haber recurrido la acusación particular el auto de inhibición en favor de los juzgados de Instrucción.

En el mencionado y controvertido auto de inhibición, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla acordaba derivar a los juzgados de Instrucción las actuaciones incoadas por la denuncia de una mujer contra su expareja y padre de sus hijos, por presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato; exponiendo que había unido a tales diligencias un auto de fecha de 6 de agosto de 2023 del Registro Civil de Carmona, "donde se acuerda la rectificación de la mención registral del sexo" del varón investigado, que "pasará a ser mujer".

Al punto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos explica que "la nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que la competencia objetiva, en el ámbito penal del Juez de Violencia sobre la Mujer, se extenderá a la instrucción de los delitos cometidos contra quien sea o haya sido la esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, así como a los descendientes, menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a potestad, cuando también se haya producido un acto de violencia de género".