El Supremo tumba la retirada de ayudas a los colegios no mixtos

Rechaza el recurso de Junta a la sentencia del TSJA que le obligó a mantener el último concierto con el centro Altair, al que no se lo ha renovado ahora

24 may 2017 / 18:50 h - Actualizado: 24 may 2017 / 19:26 h.
"Educación"
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La batalla de la Junta para retirar la financiación pública a los colegios de educación diferenciada ha sufrido hoy un nuevo varapalo con la sentencia del Tribunal Supremo que rechaza el recurso de la Junta contra el fallo del TSJA que ya le obligó a mantener el concierto al colegio Altair en el curso 2014-2015, al anular la orden dictada por la Consejería de Educación para suprimir las ayudas a los centros no mixtos. Este año tocaba renovar los conciertos educativos por cuatro años y la Junta no se lo ha concedido a ninguno de los 9 colegios de educación diferenciada existentes en Andalucía, entre ellos Altair, si bien el fallo del Supremo conocido hoy afecta al concierto anterior. No obstante, la sentencia abre la vía a que los colegios afectados vuelvan a acudir a los tribunales para denunciar esta decisión de la Junta.

La sentencia, que cuenta con dos votos particulares, señala que la educación diferenciada no plantea dudas de «constitucionalidad» ni durante la anterior Ley Educativa ni con la reforma de ésta en la LOMCE, que blinda las ayudas públicas a estos colegios, ya que el legislador «ha seguido y reafirmado un criterio de compatibilidad de los sistemas de educación diferenciada por sexos con el principio de igualdad». Rechaza el argumento de la Junta de la obligación de los centros de garantizar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, al señalar que esa obligación corresponde a las administraciones públicas «sin que resulte exigible que en todo caso sean los centros y establecimientos educativos los que deban ofrecer tales condiciones de acceso equivalentes para ambos sexos».

Para la patronal mayoritaria de los centros privados en Andalucía CECE, la sentencia relativa al colegio Altair «sienta doctrina sobre el asunto» y se espera que en los próximos días lleguen los fallos relativos al resto de centros afectados «declaración el derecho de los mismos a obtener el concierto educativo» ya que en este fallo «el Tribunal Supremo resuelve sobre la legalidad del proyecto educativo de los centros con el modelo pedagógico de la Educación diferenciada por sexo y su derecho a ser tratados por la Administración como el resto de proyectos y metodologías pedagógicas de los demás centros»

Desde CECE confían en la «pronta restitución en sus derechos, a centros, familias, profesorado y toda la comunidad educativa de estos centros, ya que tanto las Sentencias del TSJA como ahora las del Tribunal Supremo desestiman los argumentos empleados por la administración para denegar los conciertos, declarando que el contenido de esas denegaciones no son conformes al ordenamiento jurídico» y «es un deber de toda Administración pública derogar aquellos actos cuyo contenido ha sido declarado antijurídico por parte de los tribunales».

La Junta se limitó a señalar que acata el falla si bien entes de conocer la sentencia, la consejera de Educación, Adelaida de la Calle, dejó claro que los fallos que estaban pendientes en los tribunales se refieren a ayudas de otros años y dejó claro la intención de la Junta de no financiar con fondos públicos colegios que «segregan» a niños y niñas por contradecir sus principios ideológicos.