Igualdad

Los juzgados de violencia de género investigarán y juzgarán en nueve meses las violaciones y el resto de delitos sexuales

El BOE publica la ley de eficiencia de la justicia, que recoge algunas de las materias que estaban pendientes de ejecución de la ley del 'solo sí es sí'

Imagen de archivo de una manifestante con una pancarta con el lema Sólo sí es sí.

Imagen de archivo de una manifestante con una pancarta con el lema Sólo sí es sí. / / EFE

Patricia Martín

Los juzgados de violencia de género asumirán la investigación y el enjuiciamiento de las violaciones y el resto de delitos sexuales cometidos fuera del ámbito de las parejas estables en nueve meses, tal como establece la ley orgánica de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia, que ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La asunción de las competencias de los delitos sexuales por parte de los juzgados especializados en violencia sobre la mujer es una de las materias recogidas en la llamada ley del 'solo sí es sí' que están pendiente de ejecución. Y su cumplimiento se ha recogido en la ley de eficiencia de la justicia, aprobada en el último pleno del año, tras un pacto entre el Ministerio de Justicia y Podemos destinado a mejorar el acceso a la justicia para las víctimas de la violencia sexual.

La norma marca que los juzgados de violencia de género asumirán también la investigación y el enjuiciamiento de los delitos de mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, cuando la víctima sea una mujer. Asimismo, indica que "si los hechos objeto de instrucción por los juzgados de violencia sobre la infancia pueden ser asumidos por la sección de violencia sobre la mujer, la competencia recaerá en esta última".

Asistencia jurídica gratuita

La ley de eficiencia de la justicia, publicada este viernes en el BOE, también incorpora otra medida recogida en la ley del 'solo sí es sí': que las víctimas de los delitos sexuales tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita, así como las afectadas por mutilación genital, matrimonio forzado y acoso sexual.

Además, la norma modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, al que se le atribuye la competencia de coordinar los criterios de actuación de las diversas fiscalías en materia de violencias de género y sexuales.

Asimismo, reforma la ley orgánica de la responsabilidad penal de los menores, de forma que los niños víctimas de las violencias machistas o las personas con discapacidad puedan recibir asistencia, atención, asesoramiento y protección desde los lugares donde se encuentren.

Por último, la norma publicada este viernes enmienda la ley de paridad, que eliminó, por error, la protección automática contra el despido de aquellos trabajadores que soliciten una adaptación de su jornada laboral o que disfruten del permiso de cinco días por hospitalización de familiares.

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