Investigación
Piden la prisión permanente revisable a la madre que asfixió a su bebé en Zaragoza para que dejara de llorar
La Fiscalía pide el máximo castigo del Código Penal y la defensa alega que fue una imprudencia
A. T. B.
La madre –Tatiana Diguele Nuñez (España, 1993)– que el pasado 23 de febrero asfixió a su bebé de ocho meses –Juan Carlos– para que dejara de llorar y luego lo abandonó en un banco próximo al CaixaForum, en Zaragoza, se enfrenta a la pena de la prisión permanente revisable. Así se desprende del escrito de acusación que ha formulado recientemente la Fiscalía al entender la representante del ministerio fiscal que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato con la concurrencia de las agravantes de alevosía y de parentesco. Unas circunstancias que, junto a la condición de especial vulnerabilidad de la víctima, podrían dar cabida al máximo castigo que contempla el Código Penal, si bien el abogado defensor de la acusada, el letrado Alejandro Soteras, considera que la actuación de su representada solo fue una imprudencia, de ahí que solicite una condena de un año de cárcel.
De lo que no hay ninguna duda, coinciden ambas partes, es de que la procesada asfixió al bebé con una almohada para que dejara de llorar. Lo hizo a primera hora de la tarde del 23 de febrero de 2024 en el piso en el que vivía junto a su pareja en la calle Eloy Martínez, en el barrio zaragozano de Delicias. Según la Fiscalía, lo hizo "con la intención de acabar con su vida, a sabiendas de que su hijo carecía de toda capacidad de defensa por su corta edad". Según la defensa, "de ningún modo deseó su muerte, ni de forma deliberada ni aceptada como probable; algo que, si hubiera llegado a representar mentalmente, hubiera rechazado de pleno".
Una vez el niño ya yacía inerte, su madre lo montó en su carrito y salió a dar un paseo con él hasta que, sobre las 21.00 horas, lo abandonó entre un banco de cemento y una valla metálica del parque del CaixaForum. No fue hasta la madrugada del 25 de febrero cuando llamó al 112 y lo hizo fingiendo un secuestro del menor y de ella, por lo que rápidamente fueron activadas varias dotaciones de la Brigada de Seguridad Ciudadana de la Jefatura Superior de Policía de Aragón hasta el lugar desde que la mujer había efectuado la llamada. A la llegada de los agentes a Vía Universitas, la progenitora reiteró su versión, aunque ya en dependencias policiales comenzó a incurrir en numerosas contradicciones.
Pero, mientras que la defensa alega que Tatiana "solo" confesó el crimen una vez la Policía localizó el cadáver del bebé, la defensa expone que fue ella quien indicó "de forma voluntaria y espontánea" el punto exacto donde se hallaba el cuerpo sin vida. De ahí que el abogado defensor interese una reducción de la condena por el delito de homicidio en grado de imprudencia al entender que concurre la atenuante muy cualificada de confesión y la atenuante analógica de trastorno mental.
La Fiscalía, no obstante, entiende que las capacidades cognitivas y/o volitivas de Tatiana no estaban alteradas al no presentar ningún trastorno psicótico, alteración cognitiva y otra perturbación psíquica. La solicitud del ministerio fiscal también recoge el pago de una indemnización de 90.000 euros en favor del padre de la víctima y pareja de la acusada. La causa la ha dirigido el Juzgado de Instrucción número 2 de Zaragoza y, por el momento, todavía no se ha fijado fecha para el inicio del juicio.
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