La Audiencia levanta las cautelares pero mantiene el embargo de las acciones de Lopera

El empresario del Fontanal recuperaría el control del paquete mayoritario de las acciones del Betis a partir del 31 de julio

11 jul 2015 / 09:34 h - Actualizado: 12 jul 2015 / 09:54 h.
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  • Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver. / Javier Cuesta
    Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver. / Javier Cuesta

La Sala I de la Audiencia de Sevilla decidió este viernes levantar las medidas cautelares sobre las acciones de FARUSA, pero mantiene el embargo sobre las mismas. Según esta resolución, Lopera recuperaría el control político sobre el paquete mayoritario a partir del 31 de julio, aunque un grupo de 17 accionistas denunciantes tienen la posibilidad de solicitar ahora que se activen unas nuevas medidas cautelares en el Juzgado de lo Mercantil, donde se le discute la propiedad del paquete mayoritario por no haberlo desembolsado conforme exige la ley, que, de dictarse, le dejarían solo con el control del 20% del accionariado y sin mayoría suficiente para gobernar el club.

Según el auto de la Audiencia, el proceso penal contra Lopera aún puede tardar «varios años» en resolverse, por lo que el mantenimiento de las cautelares «resultaría desproporcionado» y una «anticipación de la pena», aunque en el mismo se hace hincapié en que «los indicios de criminalidad se mantienen finalizada la instrucción». Y que del mismo modo «existen indicios suficientes de que la venta a Bitton pudo ser simulada».

La Audiencia, «pese a haberse producido un reforzamiento de los indicios» de criminalidad, sostiene como argumento principal para levantar las cautelares, que «se han puesto en marcha otros mecanismos tendentes al mismo fin», por lo que decide el levantamiento de las mismas y anima a que los denunciantes prosigan con las acciones emprendidas en otras instancias, como el Juzgado de lo Mercantil, que tiene la llave ahora del futuro gobierno del Betis. «El club ostenta la condición de víctima o perjudicado por los delitos objetos de la causa» se indica en el auto, que ayer se hizo público.

Lopera podrá disponer de sus acciones e incluso venderlas, aunque se encuentren embargadas por no hacer frente a una fianza de 25 millones de euros, lo que, de hecho, bloquearía su transmisión en condiciones normales. La Audiencia da también traslado al Consejo Superior de Deportes de su resolución y le recuerda que las acciones que en su día fueron transmitidas a Bitton «están embargadas».

A PARTIR DEL 31 DE JULIO

El auto de la Audiencia hace hincapié en que su resolución es efectiva a partir del 31 de julio, fecha en la que ya se puede conocer alguna sentencia del Juzgado de lo Mercantil sobre la culpabilidad del concurso o la propiedad de las acciones. O pueden estar activadas las nuevas medidas cautelares.

A partir del 1 de agosto, por tanto, FARUSA podría pedir la celebración de una junta de accionistas para nombrar un nuevo consejo de administración, que como muy pronto tomaría posesión en septiembre. En todo caso, hay que ver qué resoluciones se dictan desde el Juzgado de lo Mercantil, pues el 31,38% del accionariado del club puede pasar ahora a manos de otro administrador judicial, en este caso nombrado por el Juzgado de lo Mercantil, tal y como el propio auto de la Audiencia apunta. «...Sin perjuicio del derecho que asiste a las partes de instar la ejecución de las medidas cautelares acordadas en el procedimiento civil seguido ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en el que aún no ha recaído sentencia firme, o en su caso, solicitar su adopción nuevamente». Esas medidas cautelares sobre el 31,38% ya fueron concedidas en su día por el Juzgado Mercantil y luego revocadas por la Audiencia por entender que no eran necesarias al estar vigentes las del Penal 6. Ahora, la propia Audiencia insta a que se pueden solicitar de nuevo, lo que los accionistas y plataformas denunciantes van a estudiar de manera urgente esta próxima semana.

La Audiencia también decidió rechazar la nulidad de las 48 resoluciones dictadas por el juez Calle Peña, recusado por Lopera, pues casi todas eran contrarias a sus intereses, por lo que el empresario del Fontanal sigue expuesto a millonarias multas, inhabilitaciones y penas de varios años de cárcel en los distintos procesos judiciales en los que se haya inmerso y que continúan su marcha tras el auto de ayer.

CASTAÑO Y BITTON SPORT

Al poco de conocerse el levantamiento de las cautelares, el ex consejero Manuel Castaño, que posee cerca de un 5% de las acciones del club, se postuló como futuro presidente con el apoyo de Lopera y avanzó que ya tiene, incluso, un consejo de administración perfilado, con presencia de «personalidades reconocidas; abogados, economistas o arquitectos con suficiente preparación y cuyo beticismo está más que contrastado».

Luis Oliver y Bitton Sport también aseguran que pronto estarán al frente del club. «El auto es una extraordinaria noticia para nosotros, vamos a tomar el control del Betis. Tenemos un proyecto muy fuerte preparado».

El actual consejo del Betis, por su parte, se reunió de urgencia para analizar la situación y no quiso realizar valoraciones.

LOS ARGUMENTOS DE LA AUDIENCIA

En el auto de la Audiencia se hace referencia a los otros procesos judiciales abiertos, algunos ya pendientes de sentencia, por lo que considera que existe suficiente «vigilancia pública» para que no hay que temer desmanes en la gestión del club: «Durante este periodo de tiempo se han puesto en marcha distintos mecanismos que el ordenamiento jurídico contempla para la protección del normal funcionamiento de las sociedades mercantiles, con el propósito de impedir que actos similares puedan volver a suceder en el Real Betis, a lo que debe unirse el avanzado estado del presente procedimiento penal, finalizada ya la fase de instrucción y delimitados los hechos que en principio serán objeto de enjuiciamiento, que asimismo genera un contexto de vigilancia pública y general de los procesados, pese a lo cual, y dada la complejidad de la causa, no obsta que el dictado de sentencia pudiera demorarse aun unos años, lo que a nuestro de juicio, de mantenerse las medidas cautelares adoptadas, resultaría desproporcionado a la vista de los argumentos anteriores, puestos en relación con los derechos de los procesados que resultan restringidos».

«Por ello, puede concluirse que la finalidad de evitar la reiteración delictiva ha ido perdiendo su consistencia como fundamento de la medida cautelar adoptada ante el transcurso del tiempo, durante el cual, pese a haberse producido un reforzamiento de los indicios, también se han puesto en marcha, como se ha indicado anteriormente, otros mecanismos legales tendentes al mismo fin, sin perjuicio de los restantes mecanismos existentes (véase a tal efecto, lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto legislativo 1/10, de 2 de julio por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de sociedades de capital), lo que diluye la necesidad del mantenimiento de la medida en un procedimiento penal», continúa diciendo el auto de la Audiencia.

El auto también hace referencia al mantenimiento de la fianza impuesta a Lopera, el embargo de sus acciones y la posibilidad que se activen unas nuevas medidas cautelares en el Juzgado de lo Mercantil, a la vez que devuelve los derechos políticos de las acciones embargadas: «En definitiva, procede mantener la fianza acordada y los embargos decretados ante el impago de la misma, a fin de asegurar las eventuales responsabilidades civiles derivadas del delito, teniendo en cuenta que entre tales embargos se acordó en su día mediante auto de 13 de septiembre de 2010 el embargo de las acciones tituladas por FARUSA del Real Betis (folios 178 y siguientes de la pieza de responsabilidad civil), con las consecuencias legales que ello implica.

Por el contrario, se acuerda el alzamiento de la prohibición de disponer respecto de las acciones del Real Betis tituladas por FARUSA, así como de la medida cautelar de suspensión del ejercicio de los derechos políticos por su titular y consecuente administración judicial respecto de la totalidad del paquete de acciones del Real Betis tituladas por FARUSA, sin perjuicio del derecho que asiste a las partes de instar la ejecución de las medidas cautelares acordadas en el procedimiento civil seguido ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en el que aún no ha recaído sentencia firme, o en su caso, solicitar su adopción nuevamente.

Finalmente, procede alzar en su totalidad la medida cautelar de inhabilitación para el ejercicio de las funciones de Consejero, Consejero Delegado o cualquier otro cargo de representación del Real Betis respecto de las personas que menciona la instructora en su auto de 16 de julio de 2010».