El Tribunal Supremo anula el traspaso de las competencias de Tráfico a Navarra

19 feb 2024 / 15:16 h - Actualizado: 19 feb 2024 / 15:20 h.
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  • Imagen de archivo de un control de la Guardia Civil en el límite entre Navarra y La Rioja. EFE/Raquel Manzanares
    Imagen de archivo de un control de la Guardia Civil en el límite entre Navarra y La Rioja. EFE/Raquel Manzanares

El Tribunal Supremo ha anulado el real decreto de traspaso de las competencias de Tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad de Navarra.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso de la asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (Jucil) al considerar que no cabe emplear un real decreto para atribuir una competencia no reconocida a Navarra en la Lorafna (Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, equivalente al estatuto de autonomía) ni amparada en su Derecho histórico.

Añade el tribunal que esas competencias podrán asumirse por Navarra «pero, o bien reformando la Lorafna o bien mediante una ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución», que era precisamente lo que defendía la asociación, en concreto, que de forma previa a este traspaso debería haberse modificado la norma equivalente al estatuto de autonomía de Navarra.

La sentencia resalta que la realidad normativa posterior y previa a la Lorafna es que la competencia ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función subordinada.

«La realidad es que del estado competencial existente al tiempo de promulgarse la Lorafna no se deduce que la Comunidad Foral tenga una competencia que incluya las funciones que, en su lugar, ejerce la Guardia Civil (...), sí las que ejerce en concurrencia, pero en esa concurrencia Navarra ejerce una competencia concretada en funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil», explica.

Asimismo, la sentencia rechaza la alegación que realiza el Gobierno de Navarra de falta de legitimación activa de la asociación Jucil para presentar el recurso ya que «paradójicamente», la mejor defensa la hace la propia comunidad autónoma.

Para negársela, sostiene que el traspaso no afecta a la Guardia Civil y a renglón seguido, alega que los intereses profesionales, personales y familiares de los guardias civiles afectados por el traspaso están satisfechos, ya que podrán cambiar de funciones o seguir desempeñándolas «en otros destinos geográficos, es decir, yéndose de Navarra o, en fin, podrán integrarse en la Policía Foral de Navarra».

Y para el tribunal, «es obvio que cualquiera de esas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial».

Así, el tribunal da la razón a Jucil que había alegado que la decisión afectaba a la vida de muchas personas, en concreto a los integrantes de la Agrupación de Tráfico que desarrollan su labor en la Comunidad Foral, «muchos de ellos navarros o radicados allí desde hace muchos años y que se encuentran en la encrucijada de tener que elegir otros destinos en diferentes puntos de España, lo que supone importantes cambios tanto para ellos como para sus familias».