Guía Cofrade: Junta de gobierno (28)

05 ene 2017 / 18:56 h - Actualizado: 09 ene 2017 / 20:51 h.
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Una junta es el «conjunto de los individuos que dirigen los asuntos de una hermandad», pero dentro del mundo de las cofradías se pueden distinguir varios tipos de juntas, sobre todo relacionado con el tiempo transcurrido desde su elección. Celebrado el cabildo general –reunión de todos los hermanos de una corporación– de elecciones, surge una junta electa, que se conoce como tal desde la votación hasta la aprobación por la autoridad eclesiástica de su nombramiento. Cuando los miembros de esta junta toman posesión ya se convierten formalmente en junta de gobierno. Son los encargados de regir los destinos de una hermandad por el tiempo que establezcan sus reglas. Este tiempo suele ser de tres –como en Santa Marta– o cuatro años, como ocurre en la mayoría de las corporaciones.

Cumplido este tiempo se convocan unas nuevas elecciones. Normalmente, la junta de gobierno saliente recomienda a los hermanos de la corporación que voten a otra junta, la que se conoce como junta orientativa o candidatura oficialista, frente a la candidatura alternativa. Si bien, no siempre existe una candidatura alternativa, se han dado ocasiones recientemente en las que han concurrido hasta tres a unas elecciones.

Por último, está la junta gestora. Es la que impone la autoridad eclesiástica en la dirección de una hermandad como consecuencia de una mala gestión en el gobierno de la corporación y de tensiones insalvables entre sus hermanos. Los casos más recientes de gestoras en hermandades han sido los de San Esteban y el Dulce Nombre. En ambos casos, la gestora cumplió con su cometido –calmar las aguas hasta la convocatoria de unas elecciones a las que, habitualmente, concurre una sola candidatura de consenso– y ya han vuelto a la normalidad.

El número de miembros de las juntas de gobierno varía también en función de las hermandades y siempre está regido por las reglas. Hermano mayor, teniente de hermano mayor, fiscal, mayordomo, secretario, diputados de caridad, de juventud, de cultos, consiliarios, prioste, promotor sacramental, diputado mayor de gobierno... –sus funciones se irán desgranando en esta guía–. Cada cargo de la junta puede contar con un equipo de auxiliares.