Tribunales

El "bálsamo" del Constitucional en los ERE: no hubo complot político para amparar un fraude

La Audiencia de Sevilla deberá volver a dictar sentencia para Magdalena Álvarez, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo y Antonio Fernández tras las correcciones a la sentencia del Supremo

El exconsejero de Innovación de la Junta Francisco Vallejo sale este miércoles de la prisión de Sevilla.

El exconsejero de Innovación de la Junta Francisco Vallejo sale este miércoles de la prisión de Sevilla. / Raúl Caro /Efe

Isabel Morillo

Isabel Morillo

El Tribunal Constitucional avanza en el desmontaje del caso de los ERE tal y como lo condenó la Audiencia de Sevilla y lo ratificó el Tribunal Supremo. Las sentencias dictadas las dos últimas semanas coinciden en devolver el fraude de las ayudas sociolaborales de la Junta de Andalucía a la consejería de Empleo y exonerar de malversación y prevaricación a los responsables de Hacienda e Innovación.

El próximo día 16 de julio se espera que se resuelvan los recursos de los expresidentes José Antonio Griñán y Manuel Chaves. Para el primero, condenado como exconsejero de Hacienda, el camino está despejado a la luz de las sentencias dictadas para su antecesora, Magdalena Álvarez, y su sucesora, Carmen Martínez Aguayo, ambas libres de los delitos de prevaricación y malversación.

La vía del Constitucional “es un bálsamo para los que sufrieron y abre nuevas expectativas para muchos de los que están acusados en las piezas separadas”, expuso la abogada defensora Encarnación Molino. En el caso de la cúpula política, con Chaves y Gaspar Zarrías a la espera de la resolución de sus recursos, se desconoce lo que determinará el tribunal de garantías pero igualmente los juristas que conocen el caso aseguran que “el camino está despejado”.

Para los condenados que estaban en prisión lo más importante es que el Constitucional ha abierto la puerta de la cárcel. Tras la absolución total del exdirector general de la Agencia IDEA, Miguel Ángel Serrano, el Constitucional también ordenó la puesta en libertad de Francisco Vallejo, exconsejero de Innovación, y de Carmen Martínez Aguayo, que disfrutaba de un tercer grado desde el pasado junio. Hay que recordar que los ocho condenados a cárcel en los ERE, salvo Griñán que no entró por padecer un cáncer grave, entraron en prisión en enero de 2023. Un año y medio después, el tribunal de garantías ha ordenado la libertad para la mayoría.

No ha llegado a la Audiencia orden de excarcelación para el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, y espera su salida el exconsejero de Innovación, Jesús María Rodríguez. En el caso del otro exconsejero de Empleo, José Antonio Viera, no está entre rejas porque disfruta de un tercer grado también por enfermedad pero su recurso de amparo fue el primero que vio el Constitucional y el único que, de momento, ha desestimado por defecto de forma. El mensaje del alto tribunal es claro: el fraude se circunscribe a la ejecución de las partidas en Empleo y en los casos en los que los fondos se desviaran de los objetivos previstos en los presupuestos, ayudas para prejubilados y empresas en crisis.

Los argumentos

Hay seis puntos en los que coinciden todas las sentencias del Constitucional sobre los ERE hasta la fecha. Las condenas eliminan penas de malversación y prevaricación en lo referido a la elaboración del Presupuesto. El diseño del Presupuesto, la incorporación de transferencias de financiación como mecanismo para el pago de ayudas socialaborales, desplazando la normativa de subvenciones no fue ilegal. Mientras que la instructora del caso, Mercedes Alaya, aseguró que había un complot político con un sistema diseñado para eludir los controles y permitir el fraude, tesis que avaló la Audiencia de Sevilla y el Supremo, el Constitucional lo desmonta.

En algunos casos se prueba que el sistema permitió que “terceros sustrajeran el dinero” pero el Constitucional insiste en que no se infringió la normativa prespuestaria y en que “la elaboración de los anteproyectos de ley (de presupuestos) y su aprobación como proyectos de ley no pueden ser constitutiva del delito de prevaricación”. Además fue el Parlamento de Andalucía, insiste en su argumentación, el que aprobó a iniciativa del Gobierno, el nuevo sistema de presupuestación.

El Constitucional insiste además en que no había pruebas de que Hacienda e Innovación conocieran “disposiciones ilícitas” en los ERE. Hubo modificaciones y ampliaciones para tapar los agujeros que se habrían en la llamada partida 31L, que pagaba estas ayudas. Era uno de los argumentos contra la Agencia IDEA, Innovación y Hacienda. El tribunal asegura que no hay pruebas que desde estos departamentos se conociera “la desviación de su fin público” y que no pudieron adoptarse medidas para frenar los pagos, ya que estaban “debidamente amparados” en la ley de presupuestos.

Sin pruebas

Es muy clara la sentencia en el caso del exconsejero Vallejo al valorar por qué se vulneró su derecho a la presunción de inoncencia: “Este derecho exige que toda condena penal se funde en una prueba de cargo suficiente e impide que pueda trasladarse automáticamente la responsabilidad de quienes gestionaron las ayudas en la Consejería de Empleo a quienes se limitaron a aprobar las partidas presupuestarias correspondientes”. "Es un escándalo que hayamos estado en la cárcel sin pruebas", dijo Vallejo al abandonar la prisión Sevilla I.

En este mismo sentido, insisten las sentencias dictadas en que “no es exigible una actuación contra legem, esto es, una obligación de actuar para impedir la realización de actos que tienen expresa cobertura en las leyes de presupuestos en vigor”.

Empleo, aparte

El Constitucional sí que fija una línea roja en el caso de la Consejería de Empleo. En la sentencia de Antonio Fernández exime de los delitos de prevaricación y malversación en lo referido al presupuesto pero lo mantiene en el caso de desviaciones presupuestarias, se destinó dinero de los ERE a otros fines, de forma probada en las sentencias condenatorias. Su amparo “no puede extenderse a los hechos imputados que tenían como objeto la disposición de fondos públicos para fines distintos de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis”.

Los votos particulares de los magistrados del Constitucional que se han quedado en minoría, no alineados en la llamada mayoría progresista, discrepan de la tesis de que todo lo que vaya en el Presupuesto es legal e insisten en la falta de controles. Consideran que es “patentemente errónea” pues no debieron excluirse en ningún caso los controles para que las ayudas y subvenciones se destinaran al fin para el que fueron aprobadas. Los votos discrepantes ponen el acento en que se habilitaban unos créditos para determinadas ayudas, pero no establecían un procedimiento sobre fiscalización y el modo en que esas ayudas debían finalmente concederse, ni tampoco su régimen de control.

A la Audiencia

Ahora, salvo en el caso del exdirector general de la agencia IDEA, absuelto de todos los delitos, el resto de condenados deberán retrotraerse a la Audiencia Provincial de Sevilla, que debe reescribir las sentencias teniendo en cuenta las correcciones del Constitucional. De momento, la única sentencia que ha llegado a la Audiencia sevillana es la de la exconsejera Magdalena Álvarez. No hay nada especificado sobre los plazos y una vez que se reciban las resoluciones deberán deliberar y resolver. Tampoco se ha resuelto la composición del tribunal. En principio tienen que estar al menos las magistradas Pilar Llorente y Encarnación Gómez, que formaron parte del tribunal que juzgó el caso. El juez Juan Antonio Calle Peña, que juzgó el caso, pidió su jubilación anticipada y montó su propio despacho de abogados.

En el ámbito político, el vuelco propiciado por el Constitucional ha permitido al PSOE andaluz desplegar un nuevo relato y pasar a la ofensiva, levantando la voz en defensa de los exaltos cargos que fueron condenados y acusando al PP de injurias y calumnias. Los populares insisten en que el fraude sí existió, siguen pidiendo responsabilidades y reclaman que se devuelva el dinero robado, además de poner en duda la imparcialidad del tribunal de garantías.