Recurso ante el TC

Choque institucional sin precedentes: ¿por qué libra el PP un pulso Senado-Congreso por la amnistía?

Los populares alegan que la medida de gracia es una "reforma constitucional encubierta" y plantean un conflicto entre ambas Cámaras

Miguel Ángel Rodríguez

Miguel Ángel Rodríguez

Nueva pirueta en la tramitación de la ley de amnistía. El PP ha anunciado este martes que planteará un conflicto institucional entre el Congreso y el Senado, el primero en la historia de la democracia española, y que seguramente acabará en el Tribunal Constitucional. En un intento más de paralizar la medida de gracia, los populares se apoyan en los informes de los letrados de la Cámara Alta y alegan que la amnistía es "una reforma constitucional encubierta" y que con la tramitación actual se está hurtando de sus derechos y competencias al Senado. A continuación, todas las claves para entender este nuevo choque:

Lo primero de todo es entender que un conflicto entre instituciones, recogido en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, se produce cuando una institución -en este caso el Senado- considera que otra -el Congreso- ha adoptado "decisiones asumiendo atribuciones que la Constitución o las leyes orgánicas confieren al primero". Es decir, que le ha usurpado alguna de sus funciones o competencias. El encargado de dirimir el choque es el Tribunal Constitucional.

Para comprender la decisión de los populares es necesario revisar el informe elaborado por los letrados del Senado. A lo largo de 69 páginas, el equipo jurídico de la Cámara Alta desgrana las "irregularidades en la tramitación" de la amnistía y sostiene que el texto es "inconstitucional" en cuanto que la medida de gracia no está recogida en la Carta Magna. Bajo esta premisa, consideran que la proposición de ley de amnistía viene a aprovechar un vacío en la Constitución y, de esta forma, la califican de "reforma encubierta de la Constitución".

"La fundamentación del conflicto -se puede leer en el informe- se basaría en el fraude constitucional. El Congreso, al tramitar la Proposición de Ley de Amnistía por el procedimiento legislativo ordinario, está menoscabando la atribución constitucional del Senado de tramitación de las reformas constitucionales". Es decir, consideran que se usurpan las competencias que tendría el Senado en una reforma constitucional. Es necesario insistir en que este argumento solo se sostiene sobre la idea de que la amnistía es, como dicen, una reforma encubierta de la Constitución.

Los conservadores han estado manteniendo en secreto este paso y solo lo han anunciado una vez que la amnistía -aprobada el jueves por el Congreso- ha empezado su tramitación en el Senado. Una vez más, hay que recurrir al informe de los letrados para entender este movimiento ya que indican que el Senado "solo tendría legitimación para iniciar actuaciones judiciales una vez que la Proposición de Ley tenga entrada en la Cámara". Así, una vez la Mesa del Congreso ha aceptado a trámite la norma, el PP ha decidido mover ficha.

El procedimiento viene reglado en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. El primer paso será que los populares presenten un escrito "debidamente motivado" en el que planteen el conflicto entre ambas Cámaras. Después, este texto deberá ser debatido y votado por el pleno del Senado. Dada la mayoría absoluta del PP, saldrá aprobado sin problemas. La Cámara Alta informará al Congreso de esta "indebida asunción de atribuciones" y le solicitará que retire la proposición de ley de amnistía por vulnerar sus funciones.

En este punto, se abrirá un plazo de un mes en el que el Congreso deberá responder. Previsiblemente, la Mesa de la Cámara Baja, en manos de PSOE y Sumar, responderá que actúan en el ejercicio constitucional y legal de sus atribuciones. O, directamente, pueden no contestar. Lo que no se contempla es que retiren la amnistía. Así, con respuesta o no, al finalizar el mes, la Mesa del Senado podrá plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional deberá informar al Congreso en el plazo de 10 días sobre el conflicto planteado por el PP. Después, abrirá un plazo de un mes para que la Cámara Baja pueda formular alegaciones. También podrá hacerlo cualquier otro órgano que considere que también se afecta de algún modo a sus propias atribuciones. Finalmente, el Constitucional deberá resolver dentro del mes siguiente. La sentencia deberá determinar a qué órgano corresponden las atribuciones constitucionales controvertidas y podrá declarar nulos los actos ejecutados. En este caso, la tramitación de la amnistía.

No. La sentencia del Tribunal Constitucional podría tarde entre tres y cinco meses. Sin embargo, los letrados del Senado dejan claro que durante este tiempo deberá continuar la tramitación de la amnistía. Como máximo, la Cámara Alta debe pronunciarse sobre la medida de gracia el 16 de mayo. El informe del equipo jurídico del Senado es tajante al asegurar que de lo contrario la norma será promulgada directamente en el Boletín Oficial del Estado al terminar este plazo. También advierte de que se estaría prevaricando si la Mesa decide no tramitar la norma.

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