En un auto
El juez Peinado da 10 días a las acusaciones para que acuerden quién las representa en la declaración de Begoña Gómez
La Audiencia de Madrid había ordenado que las organizaciones que ejercen la acción popular sean las que acuerden quién las dirigirá y el magistrado anuncia que será Hazte Oír si antes no hay acuerdo
El juez Juan Carlos Peinado ha concedido un plazo de 10 días a las acusaciones populares personadas en el procedimiento que se sigue contra la esposa del presidente del Gobierno para coordinarse y elegir a una de ellas para ejercer la dirección letrada, con el fin de evitar dilaciones indebidas y duplicidades en la solicitud de diligencias. No obstante, el magistrado anuncia que si no hay acuerdo será Hazte Oír la acusación que dirija la acción popular el próximo día 18 cuando debe declarar Begoña Gómez, a la que se imputan los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
La decisión del juez obedece al auto de la Audiencia Provincial de Madrid que había dado la razón en parte tanto a la fiscalía como la representación de Begoña Gómez y ordenaba que fueran las acusaciones quienes decidieron su representación frente a la resolución anterior del juez Peinado que concedía ese protagonismo a Vox.
Pese a que la Audiencia ordena al titular del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid volver a abrir un plazo para que sean las distintas organizaciones personadas como acusación popular "las que procedan a su unificación y a su actuación a través de una misma representación y defensa, ya sean las actuaciones presenciales o escritas", el magistrado ya ha anunciado que si no hay acuerdo para entonces el día 18 ese papel lo hará Hazte Oír.
Peinado asegura en su resolución que, pese a lo que decía la Audiencia de Marid, "en ningún momento se ha permitido actuar a cinco letrados hablando entre sí, o formular preguntas, habiendo sido todas las diligencias practicadas, con absoluta corrección, e intervenido tan solo, una letrada, en este caso, la de Vox". Aún así, acuerda que de cara a ese día el "único Letrado que intervenga sea de Hazte Oír, sin perjuicio de que, puedan estar presentes, si así lo desean, el resto de los letrados de las acusaciones populares".
La resolución de la Audiencia de Madrid afirmaba que, tras cumplirse el plazo dado, las acusaciones no se ponen de acuerdo "se nombrará como dirección y representación común a la parte que haya presentado querella primero y, por tanto, que actuó antes en el tiempo con representación y dirección letrada, por ser preceptivo para el posible uso de la acusación popular en el proceso penal, a tenor de lo establecido en el artículo 270.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además de haber presentado la correspondiente fianza.
El auto de la Audiencia afirmaba que "lo planteado por el fiscal simplificará las actuaciones y garantizará el buen orden en las actuaciones, evitando las discrepancias que pudieran ocasionarse en la práctica de las diligencias de carácter presencial, evitando que la acusación popular pudiera sobresalir sobre el resto de las partes personadas, presentándose con un numeroso grupo de abogados, que pudieran dar lugar a interrupciones, alteraciones del orden o llegar a incomodar a los investigados, testigos o peritos que concurrieran a la práctica de este tipo de diligencias".
Añadía que "son las acusaciones populares las que deberán organizar internamente su actuación y resolver sus discrepancias con anterioridad a su participación presencial en las diligencias acordadas", y por si hubiera alguna duda recuerda que "en el ejercicio de la acción popular, las motivaciones que guían a cada una de ellos son indiferentes a la hora de acreditar el superior interés del ejercicio de la acción penal en el descubrimiento del delito y de sus autores, evitando dilaciones indebidas en el curso del procedimiento".
En la causa seguida contra Begoña Gómez, la Audiencia señalaba que "sin perjuicio de la existencia de distintos puntos de vista entre las distintas acusaciones, a todas ellas debe guiarles el interés prevalente que no es otro que la averiguación de la verdad, sobre los hechos y sus autores y que se haga justicia, fuera de sus intereses particulares".
Y respecto a las alegaciones planteadas por Manos Limpias y Hazte Oír contra los méritos de Vox para ejercer la dirección letrada de la causa, el auto acordaba que, "partiendo de sensibilidades y puntos de vista diferentes, las distintas asociaciones y partidos han sido admitidos como acusación popular con la pretendida finalidad de hacer justicia, siendo la intención que debe guiarlas restaurar el orden jurídico y no el de destacar o ganar relevancia pública".
Por ello, agregaba, "sin sometimiento alguno, estas acusaciones deberán coordinarse, concordando su estrategia, asumiendo que actúan en interés de la justicia". En la causa también ejerce la acusación popular el colectivo Iustitia Europa.
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