El grueso de lesionados del brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria ha elevado al Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla su escrito de acusación particular, reclamando entre otros aspectos 12 años de cárcel para el administrador de hecho de la entidad, José Antonio Marín Ponce, y diez años y un día de prisión para la veterinaria municipal investigada en la causa.
Y es que el Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla ha ordenado continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado contra el administrador único de Magrudis, Sandro José Marín Rodríguez; su padre y administrador de hecho de la entidad, José Antonio Marín Ponce; el otro hijo de este último, Mario Marín Rodríguez; Encarnación Rodríguez Jiménez como esposa de Sandro José, la inspectora veterinaria municipal María José O.B. y las sociedades Magrudis y Elaborados Cárnicos Mario, por un delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, seis delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 244 delitos de lesiones por imprudencia grave, al tiempo que declara responsables civiles al Ayuntamiento de Sevilla y a la Compañía de Seguros AXA.
Asimismo, la magistrada instructora ha acordado continuar el procedimiento contra Sandro José Marín Rodríguez, José Antonio Marín Ponce y el arquitecto Sergio L.G. por un presunto delito de falsedad en documento oficial, así como contra el asesor financiero de Magrudis David M.M., Sandro José Marín Rodríguez, José Antonio Marín Ponce, Mario Marín Rodríguez y Encarnación Rodríguez, por un supuesto delito leve de defraudación del fluido eléctrico.
La empresa, según la investigación, habría comenzado a funcionar en 2013, sin darse de alta hasta 2015 en el registro autonómico alimentario, extremo que habría realizado entonces sin autorización municipal, comercializando "carne procesada con presencia de listeria monocytogenes en concentraciones que la harían inadecuada para consumo humano" debido "a una mala praxis en la manipulación y transformación de los productos cárnicos", lo que provocó "una intoxicación masiva con resultado de muertes, lesiones a fetos con resultados de abortos y lesiones a lo largo de todo el territorio nacional".
Los responsables de la empresa, según el juzgado, "no imaginaban el resultado" de sus acciones pero "sí tenían conocimiento de esa eventualidad y de la probabilidad de que el producto, una vez en el mercado, podía causar daños en la salud de los consumidores", señalando además "una actuación deficitaria y anormal del servicio público" municipal de inspección.