Andalucía emitirá menos y secuestrará más dióxido de carbono gracias a la Ley de Cambio Climático

Esta ley permitirá a Andalucía obtener reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero para cumplir las obligaciones que imponen la Unión Europea y Naciones Unidas

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31 dic 2017 / 09:13 h - Actualizado: 30 dic 2017 / 21:06 h.
"Medio ambiente","En verde"
  • Andalucía emitirá menos y secuestrará más dióxido de carbono gracias a la Ley de Cambio Climático

El 19 de diciembre presentó, en el Pleno del Parlamento de Andalucía, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal, el proyecto de Ley de Cambio Climático de Andalucía. El Plan Andaluz de Acción por el Clima 2007-2012 y su Programa de Mitigación tenían como objetivo principal la reducción del 19 por ciento de las emisiones per cápita de gases de efecto invernadero en Andalucía en 2012, respecto a las registradas en el año 2004. Andalucía alcanzó un 21 por ciento de reducción, cumpliendo ampliamente su compromiso.

La Ley de Cambio Climático es un exponente del compromiso del gobierno andaluz con el cambio climático. Las emisiones de gases de efecto invernadero se pueden separar en dos bloques. En el primero se incluyen los generados por las actividades industriales bajo el Régimen Europeo del Comercio de Derechos de Emisión, regulado por la Ley estatal 1/2005. El otro lo forman el resto de las emisiones, que provienen de los sectores difusos, fundamentalmente el transporte, el sector residencial, comercial e institucional, el sector agrario, la gestión de los residuos, los gases fluorados, y las actividades industriales no incluidas en el régimen del comercio de derechos de emisión. Andalucía, en palabras de José Fiscal, es consciente de que las emisiones de los sectores difusos alcanzan el 55 por ciento del total y deben ser reguladas. La Ley de Cambio Climático trata de cubrir el vacío legal ante dichas emisiones.

El proyecto de ley se estructura en un título preliminar y cinco títulos. El título preliminar determina el objeto de la norma, su ámbito de aplicación y los principios rectores en los que se basa. En el título I se regulan los aspectos competenciales y organizativos, creándose la Comisión Interdepartamental de Cambio Climático como ejemplo de transversalidad en el modelo organizativo del gobierno andaluz. También se crea la Oficina Andaluza de Cambio Climático como unidad administrativa de apoyo y fomento de las políticas de mitigación, adaptación y comunicación. En el título II se regula el Plan Andaluz de Acción por el Clima, en su capítulo I, como instrumento general de planificación. El capítulo II está dedicado a los Planes Municipales contra el Cambio Climático, porque la alianza con los municipios es otro de los pilares que sostendrá la acción organizada de Andalucía. El capítulo III se ocupa de los instrumentos de planificación. El capítulo IV establece los instrumentos de referencia para la planificación, como los Escenarios Climáticos de Andalucía y el Inventario Andaluz de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero. El Título III de la ley crea la Red de Observatorios de Cambio Climático de Andalucía, cuyo objeto es incorporar el conocimiento científico generado en los centros de investigación de Andalucía a la toma de decisiones y a la planificación socioeconómica. El Título IV contiene las medidas de mitigación de aplicación al conjunto de políticas públicas. Destacan las de transporte y movilidad, que protegen también la salud pública de la contaminación generada por el tráfico, con clara apuesta por el transporte eléctrico. Tampoco se olvida la importancia de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (Renpa) para la mitigación y la adaptación al cambio climático. Importante es la regulación también en este capítulo del Municipio de Baja Emisión de Carbono, cuyo reconocimiento irá emparejado a la concesión de ayudas o subvenciones de la Junta de Andalucía. Los municipios con población vinculada inferior a 50.000 habitantes deberán incorporar criterios para la mitigación y adaptación al cambio climático en los instrumentos de actuación de su competencia, en el marco de las determinaciones del Plan Andaluz de Acción por el Clima o podrán, de forma voluntaria, elaborar y aprobar Planes Municipales contra el Cambio Climático. Pensamos que este tema se debe favorecer también en municipios con menos habitantes. Las áreas estratégicas de mitigación son: Industria, Agricultura, ganadería, Acuicultura, Pesca, Edificación y Vivienda, Energía, Residuos, Transporte y Movilidad, Usos de la tierra y su cambios, Silvicultura. Se crea el Sistema Andaluz de Emisiones Registradas (SAER), La modalidad de Reducción de Emisiones del SAER será de aplicación a las actividades con un consumo eléctrico anual superior a 3 GWh. El Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE), es un instrumento voluntario para las actividades radicadas en Andalucía que quieran asumir compromisos similares para disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero. Este sistema permite a las empresas la opción de la compensación, mediante la certificación de «unidades de absorción de dióxido de carbono». También se regula el régimen jurídico de la huella de carbono de productos y servicios, y su valoración en los procedimientos de contratación pública. Se incluye un procedimiento sancionador, aunque la ley pretende fundamentalmente conseguir una actitud proactiva de las empresas, instituciones y municipios.

Esta Ley permitirá a Andalucía obtener reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero para cumplir las obligaciones que imponen la Unión Europea y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, así como la normativa básica estatal y también incrementa la capacidad de secuestro de carbono de sus sumideros vegetales, tanto territoriales como urbanos. El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha puesto de manifiesto las críticas recibidas desde puntos de vista contrarios. Algunos sectores piensan que el proyecto podría haber sido más exigente y riguroso; otro, en cambio, manifiestan que la ley es demasiado exigente. De acuerdo con José Fiscal quizás ambas críticas indiquen que vamos por el buen camino con un amplio consenso. Pero se puede mejorar, aún admitiendo su bondad inicial, la ley en trámite parlamentario. Andalucía con esta ley emprende un cambio cultural en la gestión pública y privada, con una nueva forma de producir, de fabricar, de prestar servicios, de consumir.

La emisión de gases contaminantes y que produzcan el efecto invernadero en la atmósfera deberá aparecer minimizada al máximo en cualquier proyecto de actividad que pretenda llegar a ejecutarse, así como el fomento del secuestro de los sumideros naturales de dióxido de carbono, por ejemplo desde las zonas forestales, la agricultura, las zonas restauradas por cualquier actividad industrial, los espacios naturales o, muy importante, las ciudades y pueblos. Este incremento de la capacidad de secuestro de los sumideros andaluces debe ser reconocido y valorado con los correspondientes incentivos, igualmente en sector privado. Andalucía está cumpliendo sus compromisos nacionales e internacionales y, de nuevo, muestra el camino a seguir en la lucha contra el cambio climático.