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80.000 euros por extirpar un pecho sano

Un cirujano plástico tendrá que pagar 80.000 euros a una paciente por extirparle un pecho sano. La mujer padecía cáncer, pero no debería haber perdido una de las mamas.

el 23 oct 2009 / 19:46 h.

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El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cádiz ha condenado a un cirujano plástico, identificado como J.L.N.M, a pagar 80.000 euros por extirpar una mama sana a un paciente. Según informó ayer la asociación el Defensor del Paciente , cuyos servicios jurídicos han defendido la demanda interpuesta por Isabel Olivas Martínez, la cual se estima ahora parcialmente, la paciente de 43 años fue intervenida de cáncer de mama en octubre de 2002 y mediante mastectomía radical izquierda.


En concreto, la paciente sufría un cáncer ductal infiltrante "que normalmente no produce bilateralidad en la otra mama", es decir, "que se extiende mucho menos que otros cánceres más agresivos", según relató la propia asociación. Agregó que la afectada carecía de antecedente alguno de cáncer y que se le habían practicado una serie de pruebas de imagen, como radiografías, mamografías y ecografías, que demostraban que la mama derecha estaba completamente sana.


Esta asociación aclaró que el oncólogo que la trataba la remitió al cirujano plástico para valorar la otra mama, profesional éste último que "incomprensiblemente y sin que exista ninguna evidencia científica ni diagnóstica de que dicha mama estaba afectada de cáncer, decidió extirparle completamente la mama derecha que estaba sana".


"Al contrario, todas las pruebas radiológicas informaban del estado completamente normal y sano de la mama, sin ningún tipo de marcadores tumorales o signos de malignidad", lamentó el Defensor del Paciente, que denunció que este médico "encima no le informó, ni siquiera mínimamente, ni le dio un documento de consentimiento para la operación de mastectomía de la mama derecha".


no se le informó. Ahora la sentencia, dictada el pasado día 19, hace mención a la "importancia" de la información al paciente en la actividad médica y declara probada que la falta de la misma supone una clara lesión del derecho de información. "En un caso como el presente, donde existe una cirugía tan radical, extrema e irreversible, es importante justificar en un documento qué tipo de alto riesgo podía existir que aconsejara extirpar una mama sana", reiteró el defensor.


La sentencia declara, "una vez que ha quedado claro que se ha extirpado una mama sana indebidamente y sin consentimiento informado específico", que la reconstrucción de ambos pechos por técnica TRAM, -que elimina parte de tejido y grasa del abdomen y lo reubica en las mamas-, "fracasó porque no cumplió el objetivo de mejorar el aspecto físico de la paciente, sino todo lo contrario, lo empeoró".

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