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Absueltos dos policías por presunto atentado contra un inmigrante

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a dos policías locales de El Ejido (Almería), A.J.R.L. y F.R.L, del cargo de atentado por autoridad contra un ciudadano marroquí en abril de 2004.

el 15 sep 2009 / 16:38 h.

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La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a dos policías locales de El Ejido (Almería), A.J.R.L. y F.R.L, del cargo de atentado por autoridad contra un ciudadano marroquí en abril de 2004 por el que fueron procesados después de que, durante el acto de juicio oral, el Ministerio Público retirase la acusación por la que enfrentaban una pena de hasta dos años de prisión.

La sentencia, que recoge Europa Press, considera que no ha quedado acreditado la imputación del delito a ambos agentes, de 32 y 28 años, durante la práctica de las pruebas testifical, pericial y documental, en las que no se aprecian indicios suficientes de uso de las porras reglamentarias pese a recoger como probado el empleo del 'spray' por parte de uno de ellos, que lo reconoció ante la sala.

El fallo sostiene, sin embargo, que aunque este instrumento no está "en dotación" para el Cuerpo de la Policía Local de El Ejido apela a que su manejo es de "libre disposición". Frente a la veracidad y coherencia del testimonio de los acusados a lo largo de la instrucción de la causa, el tribunal subraya "numerosas contradicciones" en el relato del denunciante, M.B.S., que sostuvo haber sido víctima de una agresión cuando se encontraba en una calle de la barriada de Matagorda en compañía de una segunda persona y no pudo aportar la documentación que le requerían.

Los hechos se remontan a la madrugada del 16 de abril de 2004, cuando la patrulla formada por A.J.R.L. y F.R.L. recibió el aviso de que se estaba produciendo una reyerta en las inmediaciones del bar 'El Picante', punto de reunión habitual para trapicheos. Una vez allí, ambos comprobaron que M.B.S. y un segundo implicado, que tendría que haber comparecido como testigo, se estaban peleando en el suelo por lo que, al ir a separarlos y recibir varias patadas propias del forcejeo pero intencionadas, uno de ellos uso el spray de defensa.

El fallo señala que no consta que éste provocase daño al denunciante y sostiene que del parte médico que recoge las lesiones e irritaciones conjuntivas en M.B.S. no puede desprenderse que las inflingieran los agentes ya que la intervención vino provocada por una riña entre dos ciudadanos marroquíes.

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