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Condenado a dos años por matar al ladrón de su furgoneta

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel al joven de 22 años que mató a un hombre al que sorprendió robando en su furgoneta, tras el veredicto del jurado que consideró el caso como un homicidio imprudente y además en legítima defensa.

el 15 sep 2009 / 18:18 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel al joven de 22 años que mató a un hombre al que sorprendió robando en su furgoneta, tras el veredicto del jurado que consideró el caso como un homicidio imprudente y además en legítima defensa.

Fuentes judiciales han informado hoy a Efe de que la sentencia del magistrado José Manuel Holgado ha impuesto además al acusado C.R.R. una multa de 40 días por una falta de lesiones y la obligación de indemnizar en 109.000 euros a la viuda del fallecido y en 18.000 a su hija de 16 años.

La sentencia recoge los hechos considerados probados por el jurado y relata que el acusado propinó patadas y puñetazos a la víctima tras sorprenderle robando en su furgoneta en la barriada de las Tres Mil Viviendas de Sevilla, pero lo hizo con intención de causarle solo "lesiones leves" que "no hubieran precisado ni siquiera ir el médico" de no ser por el sida y otras graves patologías que sufría el agredido.

El procesado, que quedó en libertad nada más producirse el veredicto el jueves pasado, ha sido condenado por un homicidio imprudente y no por un delito de homicidio voluntario, por el que la Fiscalía solicitó para él diez años de cárcel.

El jurado consideró, por unanimidad de sus nueve miembros, que el procesado no quiso causar una muerte sino solo "repeler y defenderse de la agresión de la que iba a ser objeto", pues según su propia declaración le pareció que la víctima "se echó la mano al bolsillo y pensó que iba a sacar una pistola o un cuchillo".

El jurado tuvo en cuenta para emitir su veredicto la propia declaración de la esposa del procesado, según la cual su marido "no es una persona violenta", según otro de los párrafos del veredicto.

Junto a ello, el jurado se pronunció por unanimidad a favor de que se conceda al acusado el indulto o la libertad condicional en la pena de cárcel que le quede por cumplir, ya que estaba encarcelado desde su detención en octubre de 2007.

Nada más producirse el veredicto del jurado, el fiscal anunció que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La sentencia acuerda una indemnización de 109.000 euros a la viuda del fallecido y no ha atendido la petición de la abogada de la defensa, Encarnación Vázquez, quien solicitó que no se le concediese ninguna porque la pareja llevaba muchos años separada de hecho y sin ningún tipo de contacto.

El jurado consideró que el procesado propinó "puñetazos en la cara y patadas en el abdomen, en número no precisado", a la víctima M.H.S., de 48 años, pero éste falleció por shock hipovolémico derivado de la rotura del bazo ya que este órgano era "de gran fragilidad, patológico, gigante y de un tamaño 10 veces superior al normal".

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