La Audiencia Nacional ha condenado a los empresarios salmantinos Agustín y Julián Angel Trapero Gómez, a tres meses y un día de cárcel y multas de 182 euros, como autores de un delito de alzamiento de bienes con la atenuante de dilaciones indebidas. La Audiencia Nacional, en concreto, censura las operaciones promovidas por estos hermanos después de que en 1995 comprasen la cadena de supermercados 'Más por Menos' sólo para lucrarse con su venta e intentasen "eludir la acción de los acreedores" al no lograr transferir la cadena de supermercados. La sentencia, emitida el 10 de mayo de 2013 y recogida por Europa Press, expone que en abril de 1995, Agustín y Julián Angel Trapero Gómez, como propietarios de la empresa salmantina 'Tragoz Distribución S.A.', se hicieron "con el control absoluto' de la cadena de supermercados 'Más por Menos', con sede social en Alcalá de Guadaíra (Sevilla), formada por más de 200 tiendas y entonces marcada por las "dificultades económicas". Pero para la Audiencia Nacional, "la adquisición de los 'Supermercados Más por Menos' no respondía a un proyecto empresarial serio, viable y con futuro, sino a un intento de transferirlos a terceros y obtener importantes beneficios", pues 'Tragoz Distribución S.A.' se había hecho con la cadena alcalareña por un precio "testimonial". No obstante, la operación de compra "generó una confianza inicial en los proveedores" de la cadena de supermercados 'Más por Menos', que "continuaron suministrando mercancías", pero a través de la sociedad 'Tragoz Distribución S.A.'. La sentencia, en ese sentido, da cuenta del "frustrado intento" de los hermanos Trapero Gómez de vender la cadena de supermercados a 'Citius S.A.', porque a este extremo siguió un "continuo distanciamiento formal y desvinculación jurídica" de estos empresarios respecto a los supermercados 'Más por Menos'. En ese sentido, la sentencia detalla pormenorizadamente las "fórmulas", maniobras y operaciones consumadas por los hermanos Trapero Gómez para "salvar los bienes que tenía 'Tragoz Distribución' de modo que, cuando se tuviera que hacer frente a las obligaciones contraídas por 'Más por Menos', las herederas del convenio de suspensión y los generados en la explotación, ellos no estuviesen al frente de la empresa y 'Tragoz' no tuviese bienes ejecutables".