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Condenan a un cirujano por poner prótesis PIP sin informar del riesgo

el 07 feb 2012 / 15:06 h.

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El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid ha condenado a un  cirujano plástico y a una clínica privada de estética a abonar 7.455  euros a una paciente por la inexistencia de un adecuado y suficiente  Consentimiento Informado (CI) en una intervención de un implante  mamario PIP (implantes mamarios de silicona de la empresa francesa  Poly Implant Prothèse).
Según reza la sentencia, tramitada por la Asociación del Defensor  del Paciente y a la que ha tenido acceso Europa Press, con fecha 20  de abril de 2001, M.M.N.S., de 45 años de edad en la actualidad, se  realizó una intervención de mastopexia bilateral con prótesis  complementarias de PIP practicada por el doctor P.D., en la entidad  C.C.M., S.L.

La Asociación ha explicado que ante el mal resultado obtenido,  seis meses después, el doctor D.T.L. intervino a M.M.N.S., a objeto  de practicar un retoque y aumento de la prótesis, también con un  implante PIP.

Con fecha 18 de marzo de 2008, M.M.N.S. acudió a varios Centros  Médicos por problemas en sus mamas, realizándose diferentes estudios,  estableciéndose finalmente la rotura capsular de prótesis derecha con  colección líquida, probablemente inflamatoria periprotésica.

Con fecha 23 de mayo de 2008, M.M.N.S. fue intervenida nuevamente,  esta vez por el doctor A.P.G., puesto que se comprobó la rotación del  implante izquierdo y la rotura del derecho, sustituyendo las prótesis  por unas de los Laboratorios Allergan.

Los demandantes basaban su demanda en una negligencia del doctor  cirujano al practicar la intervención quirúrgica y la inexistencia de  un adecuado y suficiente consentimiento informado. Según el Juzgado,  se estima "acreditada la rotura de la prótesis mamaria derecha, un  hecho reconocido por la parte demandada" e igualmente se reconoce  también "la rotación completa del implante izquierdo".

Sin embargo, considera que hay "contradicción absoluta" entre los  informes que presentan ambas partes "y la carencia de otra prueba"  que pudiera llevar a apreciar "mayor certeza" en las conclusiones, y  atendiendo al tiempo transcurrido entre la intervención y la rotura  de la prótesis, "no cabe estimar acreditado que tenga su causa en la  mala praxis" del doctor demandado.

Por otro lado, el tribunal destaca que "si bien el deber de  información por parte del profesional médico es predicable de todo  acto médico, este deber se acrecienta aún más y adquiere particular  relevancia y rigor cuando se trata de una intervención estética",  como el caso presente.

"La intensificación de la obligación de informar al paciente, que  hace que esta obligación adquiera perfiles propios en la medicina  satisfactiva, se plasma especialmente en el contenido del deber de  informar", añaden, al tiempo que resaltan que hay que informar sobre  los riesgos, "incluso de los infrecuentes o poco probables".

De este modo la sentencia establece que "se considera razonable  condenar a la parte demandada al abono del importe de la mastopexia  con prótesis que se vio obligada a realizar como consecuencia de la  rotura del implante mamario derecho, riesgo del que no consta hubiera  sido informada".

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