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Condenan a una tienda a pagar 3.000 euros por no tener a tiempo un traje de novia

¿Qué haría si a dos días de su boda no le tuvieran listo el vestido de novia? ¿Cómo se sentiría? Esto es lo que le ocurrió a una joven de Sevilla, que ahora será indemnizada con 3.000 euros.

el 15 sep 2009 / 18:25 h.

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¿Qué haría si a dos días de su boda no le tuvieran listo el vestido de novia? ¿Cómo se sentiría? Esto es lo que le ocurrió a una joven de Sevilla, que ahora será indemnizada con 3.000 euros. Un juez ha condenado a la tienda por los daños morales causados a la contrayente al no tener listo su traje nupcial.

Todas las miradas se iban a posar sobre ella, la novia, la protagonista indiscutible de una boda. En el día "más importante de su vida" tenía que lucir radiante con el vestido escogido para elección. Pero el 20 de octubre de 2007, la alegría de la futura esposa se tornó en lágrimas cuando no tuvo más remedio que enfundarse en un vestido improvisado, comprado 48 horas antes con el único criterio de que "fuera medianamente de su gusto y se ajustara a su talla" y todo, porque la tienda a la que le encargó el traje nupcial, un año antes del enlace, no fue capaz de tenerlo a tiempo.

"Lo pasó mal durante la celebración y estuvo llorando por no poder llevar el traje que ella había elegido", recoge la sentencia que ahora le reconoce los daños morales sufridos y obliga a la tienda a devolverle la señal de 500 euros entregados por la joven el día que encargó el traje y a pagar la diferencia de precio con el que finalmente tuvo que adquirir. En total, 3.000 euros de indemnización es lo que ha fijado el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Sevilla, además de las costas procesales.

Pero, por si la historia no fuera rocambolesca, la tienda en cuestión demandó a la novia porque ésta optó por buscar otro vestido en otro establecimiento. Casablanca Difusiones le solicitó que le abonase el resto del vestido, 1.950 euros. El juez, sin embargo ha desestimado la demanda porque entiende que la decisión "no puede considerarse un capricho o antojo de ésta, visto el fracaso del encargo".

Un año antes de la boda todo era ilusión. María Mercedes acudía al establecimiento que acabaría convirtiéndose en su pesadilla con su madre. Era el 11 de noviembre de 2006 y la joven elegía el vestido que creía perfecto. La joven entregó 500 euros, del total de 2.450 euros que costaba el vestido. El tiempo pasó, sin que el establecimiento se pusiera en contacto con la cliente para la primera prueba. Tuvo que ser ella misma, según recoge la sentencia, la que se puso en contacto con la tienda un mes y medio antes del enlace, el 3 de septiembre de 2007. Su sorpresa fue mayúscula cuando le muestran un modelo que no se correspondía con el que había elegido y, para colmo, dos tallas más pequeñas. La solución, de urgencia, era remodelarle el escote y otros elementos para hacerlo lo más similar posible al elegido y retocar las costuras para que le quedara bien. Ese era el plan inicial, pero nunca llegó a cumplirse, pese a que la tienda se comprometió a ello.

El comercio, en su demanda contra la novia, alude a un "aumento de peso" en el tiempo que transcurrió entre el encargo y la primera prueba, lo que justificaría "que le estuviera estrecho de contorno de pecho, de cintura y cadera". La sentencia tumba esta argumentación con las fotografías de la joven aportadas que "no permiten apreciar variación significativa en el aspecto físico exterior de la demandante", ni tampoco el comercio pudo acreditarlo aportando las medidas antes y después.

Finalmente, llegó el día 17 de octubre de 2007 y el traje aún era una incógnita. María Mercedes, su madre y una tía se 'plantaron' en el local, sin que les pudieran asegurar que el vestido estaría listo ese mismo día o al día siguiente. Casablanca afirma en su demanda que por entonces el vestido estaba a falta del planchado, aunque la afirmación, dice el juez, "es carente de apoyo probatorio", ni tampoco así lo pudieron justificar las costureras.

La cuenta atrás comenzaba, entre los últimos preparativos del gran día, y María Mercedes seguía sin vestido. Así, dos días antes de la boda, el 18 de octubre de 2007, decidió buscar otro, con la premisa de encontrar "uno que se ajustase a su talla". Comenzó entonces una "ardua y esforzada tarea de elegir uno nuevo", que además, le supuso un importante desembolso de 3.300 euros, casi mil euros más que el inicialmente elegido.

La sentencia tiene en cuenta "la inseguridad y zozobra" que sufrió la joven "de forma prolongada durante varios días", de ahí que le reconozca el daño moral provocado y crea acertado los 1.650 euros de indemnización solicitados por su letrado, Juan Manuel Gabella. Precisamente, es este reconocimiento lo que más ha destacado Gabella, pues "el juez ha sabido comprender el sufrimiento de mi clienta al ver que a pocos días de su boda no tenía vestido. Además, no pudo lucir el que ella había elegido".

El caso de María Mercedes recuerda a uno similar ocurrido en Málaga, donde el Ayuntamiento tuvo que indemnizar a una pareja porque la Policía Local no permitió a la novia acceder por una calle peatonal, pese a que tenía el permiso. El día del enlace salían las carrozas hacia El Rocío y la Policía impidió el paso del coche de la novia. Ésta tuvo que ir andando hasta la iglesia, donde llegó una hora tarde y llorando. Como consecuencia no se pudieron hacer las fotografías en el lugar previsto y los contrayentes se perdieron la copa de bienvenida.

La pareja logró que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo malagueño condenara al Ayuntamiento a pagarles 3.000 euros de indemnización, pero al contrario que el caso de María Mercedes, no lograron que les pagaran las fotografías, ni parte del banquete, como reclamaban en su demanda.

Seguro que las lágrimas que la novia derramó en su gran día, no los compensa los 3.000 euros, pero, como dice su abogado, "al menos es una satisfacción, porque el reclamar ha sido más por una cuestión de orgullo personal". No obstante, la historia de la novia sin vestido aún puede que no haya escrito sus últimas líneas porque la tiene la posibilidad de recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial de Sevilla.

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