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Demanda civil contra Lopera para desposeerle de sus acciones

Los abogados de las distintas plataformas béticas consideran que muchas de las que ostenta nunca fueron desembolsadas. Y se basan en los autos de la jueza Mercedes Alaya.

el 07 jul 2011 / 20:15 h.

Manuel Ruiz de Lopera. (Paco Puentes)

Los abogados de las distintas plataformas béticas (Liga de Juristas, Por Nuestro Betis y Béticos por el Villamarín ) están ultimando una demanda civil contra Manuel Ruiz de Lopera –en la que llevan varios meses trabajando y  quieren presentar antes de que acabe julio– para reclamar la nulidad de la suscripción de acciones que realizó éste, a través de FARUSA, el 30 de junio de 1992, por entender que la mayoría de ellas no fueron desembolsadas, tal y como se recoge en varios autos del juzgado número 6 del que es titular  Mercedes Alaya, ratificados por la Audiencia Provincial, en la causa penal que se sigue  contra el ex consejero delegado del Real Betis por delito societario y de apropiación indebida.

El fin de esta demanda civil es conseguir que gran parte del paquete mayoritario de acciones que controla Farusa (55.350 títulos) vuelva a manos de los béticos, pues los juristas entienden, como también hace la jueza Alaya que “existen indicios más que razonables de que gran parte del paquete accionarial no ha sido nunca desembolsado por FARUSA al Real Betis Balompié SAD”.

En concreto, a 30 de junio de 1992 no fueron desembolsadas 30.689 acciones (las de un crédito suscrito por el club con las Cajas de Ahorro del que se hizo cargo FARUSA para amortizar a plazos, luego incumplidos) y la jueza, tras el primer informe pericial, recuerda en uno de sus autos “el endoso del Real Betis a Tegasa de los efectos librados por FARUSA por valor de 206.626.424 pts, que le supuso a FARUSA la adquisición ilegítima de las 20.662 acciones”, que a día de hoy siguen sin estar desembolsadas y sin las que Lopera no podría haber ostentado la mayoría accionarial.

POR LO PENAL Y LO CIVIL

En el proceso penal abierto contra Lopera por delito societario y apropiacion indebida, de ser considerado culpable, éste puede ser condenado incluso a una pena de cárcel y a pagar un multa de hasta el triplo de lo defraudado, pero en todo caso las acciones del Betis que ostenta seguirían siendo de su propiedad –aunque ahora las tiene embargadas , junto a otros bienes, para hacer frente a una fianza de 25 millones de euros–, de ahí que los juristas béticos acudan a la vía civil para tratar de revisar todo el proceso de transformación del Betis en SAD y reclamar la nulidad de las acciones suscritas por FARUSA, que en caso de prosperar la reclamación pasarían a autocartera del club, con lo que desaparecería la figura del accionista mayoritario y esas acciones podrían volver a ser suscritas por los minoritarios o por nuevos accionistas

Incluso, podría darse el caso de que todo el proceso de conversión del Real Betis Balompié en Sociedad Anónima Deportiva fuera anulado por las múltiples irregularidades cometidas en su día, lo que abriría un abanico de posibilidades con la próxima entrada en vigor de la nueva Ley del Deporte, que no obligará a los clubes de fútbol a su conversión en SAD. En ese caso, el Betis podría ser disuelto como SAD y volvería a ser un club de fútbol, por lo que a los actuales accionistas se les devolvería el capital desembolsado.

LAS DUDAS DE LA AUDIENCIA

La Audiencia Provincial, en un auto del 26 de febrero de 2010, dejó sin efecto la ampliación de la investigación a las presuntas irregularidades por parte de Farusa en la suscripción y desembolso de las 30.869 acciones que adquirió el 30 de junio de 1992, tal y como solicitaba la jueza Alaya, aunque puntualizaba que “en esos hechos no se apreciara una mínima apariencia de tipicidad penal que justificara la investigación de los mismos, en modo alguno permite extraer la conclusión que realiza el apelante (Lopera) que ‘despejan toda duda sobre la titularidad de las acciones de Farusa’”, ya que entiende que esas irregularidades corresponden a la esfera del derecho civil y mercantil y no mantienen relación con la causa penal que se instruye en el juzgado no 6. De ahí la necesidad que ven los juristas béticos de presentar una nueva demanda por lo civil para desposeer a Lopera de las acciones que no pagó en su día y cuyos derechos se arrogó desde el 30 de junio de 1992.

La jueza Alaya, en sus autos, lo tiene claro cuando dice que Lopera “ostentaba la mayoría del capital social a través de FARUSA a pesar de no desembolsar un importante paquete de acciones del que aparecía como titular”.

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