El aumento de los divorcios sin consenso lastra la custodia compartida

En Andalucía avanza más lenta y los expertos ven la nueva Ley de Corresponsabilidad Parental como un paso más pero rebajan las expectativas.

el 01 mar 2015 / 12:00 h.

Una imagen de una manifestación por la custodia compartida. / José Manuel Cabello Una imagen de una manifestación por la custodia compartida. / José Manuel Cabello El Gobierno central ultima el Proyecto de Ley de Corresponsabilidad Parental que aspira a convertir la custodia compartida de los hijos tras la ruptura de la pareja en la norma y no en la excepcionalidad que hoy representa, más aún en Andalucía, donde solo es el régimen estipulado en el 9,7 por ciento de los divorcios y separaciones frente al 17,9 por ciento de media nacional. Sin embargo, la evolución de la conflictividad en los procesos de divorcios no parece que vaya a ayudar ya que precisamente uno de los debates principales sobre la futura norma se centra en si el juez debe o no fijar esta opción en interés del menor aunque exista una mala relación entre los padres. En Andalucía, entre enero y septiembre de 2014 (último dato publicado) se registraron 17.268 divorcios y el 46,8 por ciento fueron no consensuados. En el caso de las 1.173 separaciones tramitadas en los juzgados, la falta de acuerdo es algo menor, un 39,9 por ciento. En todo 2013, los divorcios sin consenso representaron el 48,2 por ciento mientras que el porcentaje de separaciones dirimidas por el juez se mantuvo igual. No obstante, como los datos de 2014 aún no están complejos, la comparativa trimestre a trimestre refleja que los divorcios no acordados crecen el doble que los consensuados. Así, en el tercer trimestre de 2014 los divorcios no consensuados fueron un 14,4 por ciento más que en el mismo periodo de 2013 mientras que los consensuados crecieron un 7,1 por ciento. En el caso de las separaciones la tendencia fue inversa, aumentaron más las consensuadas (18,9 por ciento) que las no pactadas (8,9 por ciento). La nueva ley ha levantado expectativas entre las asociaciones defensoras de la custodia compartida y ha animado las peticiones de este régimen por parte, fundamentalmente de los padres que tradicionalmente han sido los progenitores no custodios. En contra se posicionan sobre todo colectivos feministas que reclaman suprimir el régimen de visitas y la custodia en caso de denuncia por violencia de género. La ley lo restringe a cuando exista una condena. Tanto los colectivos pro custodia compartida como los agentes judiciales si bien reconocen que abre opciones para avanzar, también rebajan las expectativas sobre el cambio que pueda conllevar. Y más en una comunidad como Andalucía donde, como destaca el juez de familia de Málaga, José Luis Utrera, los roles familiares tradicionales aún pesan «y tras la ruptura no van a ser muy distintos de lo que son en la pareja normalizada». José Luis Utrera es autor de la Guía del Buen Divorcio, un decálogo de mediación que aplica en su juzgado, y uno de los magistrados que asesoró al Consejo General del Poder Judicial hace dos años para la elaboración de unas tablas para el cálculo de las pensiones alimenticias para los hijos en caso de divorcio. Y es que, reconoce que «el 80 por ciento de los pleitos por divorcio tiene como objetivo fundamental fijar la cuantía de la pensión» y estas tablas «hacen muy previsible la sentencia que se va a dictar y eso favorece el consenso». Para Utrera, uno de los aspectos más interesantes de la nueva ley es que potencia la mediación, un mecanismo que defiende a ultranza al considerar que en los conflictos de familia «por muchas vueltas que le demos a la custodia compartida, tienen mala solución si todo se resuelve en el ámbito jurídico» ya que «tienen un componente emocional, psicológico y social que requiere de otros profesionales, no solo de los jueces, como equipos de mediadores familiares, terapeutas, etc…». También aplaude que la norma ofrece «flexibilidad» para que los jueces planteen alternativas en la atribución de viviendas, ya que actualmente es «muy rígida y hay abusos que dejan al progenitor no custodio claramente desfavorecido, sobre todo en casos de chalet de lujo se puede plantear la venta y adquisición de dos más pequeñas». Con ello se puede combatir asimismo el problema de las «peticiones de custodia compartida que llamamos falsas porque el objetivo es reducir la pensión o no renunciar al uso de la vivienda y no un deseo cierto de implicarse en el cuidado del menor». Un implicación que, destaca, no exige necesariamente un régimen de custodia compartida sino que es intrínseca a la patria potestad. «Lo que ha ocurrido es que en la custodia monoparental los jueces habíamos caído en que el progenitor custodio asumiera todas las decisiones», reconoce, una tendencia que se ha ido corrigiendo en los últimos años especificando en las sentencias «que todas las decisiones importantes como el cambio de casa o colegios o las celebraciones religiosas deban ser consensuadas» aunque la custodia la tenga uno de los dos. Uno de los principales temores de las asociaciones defensoras de la custodia compartida como norma es que si se limita en función de la conflictividad entre los padres, quien quiera evitar que su cónyuge la obtenga puede provocarla. La presidenta de la Federación andaluza para la defensa de la igualdad efectiva (Fadie), Inmaculada Ocaña, «la conflictividad existe en el 90 por ciento de los divorcios, lo que hay que hacer es estudiar cada caso concreto, ver cómo se estructura la familia y valorar». Fadie es una de las asociaciones con las que el Ministerio de Justicia se ha reunido en el último mes para perfilar la nueva ley –anunciada para este mismo mes– y su presidenta considera que «abre un poco más la puerta pero hay muchos frenos, como la simple incoación de una denuncia por violencia de género o doméstica o la mera sospecha del juez». Para Ocaña se da pie a provocar conflictos y a «denuncias falsas» ante las que reclama que se agilizan las investigaciones de éstas, ya que si el sobreseimiento llega tras años en los que el menor apenas tiene contacto con el padre, es difícil recomponer la relación. El abogado especialista en la materia y asesor de varias asociaciones defensoras de la custodia compartida, José Luis Sariego, coincide con Ocaña en que condicionar la concesión de este régimen a que no exista conflictividad entre los progenitores es «exigir una condición imposible» y puede llevar a que se provoque si la madre no quiere la custodia compartida que el padre reclama. «Además, se van a llevar bien o mal independientemente del régimen de custodia», subraya el letrado. No obstante, el juez José Luis Utrera defiende que los magistrados y los equipos psicosociales están capacitados para «detectar» cuándo esa «conflictividad es provocada artificialmente por uno de los cónyuges».

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