El concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla, Francisco Fernández (PSOE), recordó hoy tras la sanción de 140.222 euros emitida por el Consejo de Defensa de la Competencia a las emisoras de taxis de Sevilla Radio Taxi, Tele Taxi y Radio Taxi por efectuar pactos de precios y prácticas de boicot que la filiación de los taxis a las emisoras es voluntaria.
En declaraciones a los periodistas, Fernández subrayó que en el borrador de ordenanza del taxi se regula la gestión de las emisoras y que, sin rechazarse la creación de una emisora pública, se recuerda que los taxis funcionan como empresas autónomas, "por lo que éste se puede afiliar o no".
Asimismo, el edil de Movilidad respaldó la decisión de la Junta de Andalucía en el caso de que se haya detectado una infracción, recordando en este sentido la escasa capacidad de actuación que la corporación local tiene en estos casos.
Según la resolución, consultada por Europa Press, la agencia de Competencia andaluza estimó la concurrencia de tres infracciones contra la Ley de Defensa de la Competencia de las que "son responsables las tres emisoras de taxi de Sevilla", a las que se ha impuesto las respectivas sanciones.
La primera de las prácticas abusivas sancionadas es la del establecimiento en las emisoras de un registro de morosos ilegal y su utilización conjunta frente a lo usuarios --particulares y hoteles en nombre de clientes-- para negarles la prestación del servicio (boicot) por supuestas deudas de servicios anteriores.
La segunda de estas infracciones tenida en cuenta en la resolución es la del acuerdo de las tres emisoras para la fijación del precio a cobrar al cliente desde que éste solicita el servicio por teléfono hasta que el taxi llega al punto de recogida. Agregó que este precio no se regula en ninguna tarifa y está acordado entre las operadoras eliminando por tanto la competencia entre ellas.
La última de las conductas anticompetitivas que fue objeto de sanción por parte del Consejo de Defensa de la Competencia es la consistente en la "deliberada negativa" de las emisoras a prestar el servicio de taxi por llamada a aquellos establecimientos hoteleros que hacen uso de taxis no afiliados a las mismas para determinados servicios especiales prestados a sus clientes (boicot).
Estas conductas se calificaron por el Consejo como "infracciones muy graves" de la Ley de Defensa de la Competencia y se sancionaron con multas de 90.241 euros a Radio Taxi SCA, de 44.355 euros a Tele-Taxi Sevilla SCA, y de 5.626 euros a Radio Taxi Giralda SL.
La resolución del Consejo impone asimismo a las emisoras la obligación de la cesación de las conductas, la publicidad de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los diarios de mayor difusión de ámbito nacional y provincial.