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El Defensor reclama planes de reeducación para infractores sin edad penal

Denuncia que la "inacción" de las administraciones públicas, por falta de coordinación, ante sus delitos deriva en debates sobre la reforma de la Ley del Menor.

el 03 abr 2010 / 19:06 h.

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El debate sobre la reforma de la Ley del Menor resurge ante casos que crean gran alarma social.
Una menor de 13 años es agredida sexualmente en Baena (Córdoba) por seis jóvenes, algunos de su misma edad. En Isla Cristina (Huelva), seis chicos de entre 13 y 15 años abusaron de una niña de 12 años discapacitada psíquica. La llamada Banda de los Pajaritos, integrada por preadolescentes, cometió toda clase de hechos violentos en Sevilla grabados y difundidos por Internet. Son sucesos aparecidos en prensa que llevaron al Defensor del Menor a abrir quejas de oficio para interesarse por la actuación con estos menores infractores que no alcanzan la edad penal, 14 años, para ser imputados y, que se unen a las que le llegan de particulares que no saben qué hacer con niños cuya conducta antisocial les lleva a delinquir. La conclusión es que la "descoordinación" de las administraciones públicas implicadas -desde los servicios sociales comunitarios a las unidades de salud mental infanto-juvenil o el sistema educativo- transmite una "aparente inacción ante hechos delictivos cuyos autores son inimputables" que puede derivar, y de hecho deriva a tenor de los últimos debates sobre la reforma de la Ley del Menor, en la demanda ciudadana de "interesadas reformas legales o la aplicación de medidas de responsabilidad penal". A juicio del Defensor, José Chamizo, "en realidad lo que traslucen sus quejas no es tanto un mayor castigo para niños o niñas de tan corta edad como una actuación decidida para su reeducación".

 

En su informe anual, Chamizo insta a la Dirección General de Infancia y Familias de la Junta a elaborar un "programa de intervención especializado" ante "la novedad de la participación de menores de tan corta edad" en delitos y reclama que se haga con la coordinación de las Consejerías de Igualdad, Salud y Educación y en colaboración con la Fiscalía y los Juzgados de Menores.

A su juicio, es esta falta de coordinación entre administraciones con competencias en menores la que provoca la contradicción de que la ley prevea el derecho de los niños a la reeducación pero no haya programas para ello.

Una de las disfunciones sobre las que alerta radica en que la detección de una situación de riesgo, incluyendo las conductas antisociales del menor, y la intervención en su entorno compete a los servicios sociales comunitarios de los ayuntamientos pero si procede separarle de su familia interviene la Junta.

En la práctica, cuando hay menores de 14 años implicados en delitos, el fiscal se dirige al servicio de protección de la Junta y éste solicita informes del niño y su entorno a los servicios sociales municipales, informes que según constata el Defensor rara vez determinan la separación de su entorno "por las propias circunstancias de la familia". Sin esa separación, la competencia para trabajar con el niño es de los ayuntamientos pero, a juicio de Chamizo, estos menores requieren unas "prestaciones muy especializadas" que exceden sus posibilidades.

Por ello, reclama a la Junta dispositivos específicos que permitan activar, tan pronto lo solicite la Fiscalía, un "programa educativo-social de intervención" con un "seguimiento posterior de su evolución". Para el Defensor, es preciso dotar a esa intervención de "inmediatez y especificidad", pues por un lado es "clave para nuestro sistema de responsabilidad penal de menores" y al mismo tiempo "disipa los recelos de la ciudadanía respecto de la aparente inacción de las administraciones ante hechos delictivos cuyos autores son inimputables" que dan lugar a debates sobre rebajar la edad penal ante casos que generan gran alarma social.

Chamizo subraya en su informe que la Consejería de Igualdad sería la encargada de valorar qué menores requieren someterse a estos programas y qué medidas adoptar, pero "resulta ineludible la actuación coordinada con los dispositivos de salud mental infanto-juvenil", que tratan trastornos de conducta y pueden tener antecedentes sobre ellos, así como trabajar conjuntamente con los profesores del niño, ya que están en edad de escolarización obligatoria.

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