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El juez vincula al consistorio con el brote

La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado la pretensión del Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga) de ser acusación particular en el procedimiento que se sigue por el brote de legionela, ocurrido a finales de junio de 2007 en el Club de Hielo de esa localidad, al considerar la Sala que esta institución local no tiene el carácter de perjudicado en la causa.

el 15 sep 2009 / 02:15 h.

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La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado la pretensión del Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga) de ser acusación particular en el procedimiento que se sigue por el brote de legionela, ocurrido a finales de junio de 2007 en el Club de Hielo de esa localidad, al considerar la Sala que esta institución local no tiene el carácter de perjudicado en la causa.

La Sección Segunda de la Audiencia ha desestimado, a través de un auto al que tuvo acceso Europa Press, el recurso de apelación del consistorio contra un auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Torremolinos, que lleva la causa.

El Tribunal señala que los argumentos dados por el Ayuntamiento "no son justificativos" y precisa que "los únicos legitimados" para esta acusación son los "afectados por el brote de legionela" y, de hecho, apunta que de la actuación del consistorio podrían "derivar en responsabilidad civil o penal".

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