Economía

El Supremo cree que el TC se excedió al absolver a Los Albertos

El Tribunal Supremo no se mordió la lengua y criticó ayer abiertamente al Tribunal Constitucional por entender que se excedió en su jurisdicción al absolver hace una semana a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de estafa al considerar prescrita su conducta en el caso Urbanor.

el 15 sep 2009 / 00:44 h.

El Tribunal Supremo no se mordió la lengua y criticó ayer abiertamente al Tribunal Constitucional por entender que se excedió en su jurisdicción al absolver hace una semana a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de estafa al considerar prescrita su conducta en el caso Urbanor.

En este sentido, señaló que el Constitucional se basó en una interpretación de la tutela judicial efectiva que vulnera el artículo 123 de la Constitución que dota al Supremo de supremacía en la interpretación de las leyes.

Tras más de tres horas de reunión los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo, constituidos en Sala General recuerdan que el citado artículo de la Constitución "tiene como misión presevar el debido equilibrio entre órganos constitucionales del Estado, en este caso, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo, para asegurar el adecuado funcionamiento de aquél, de forma que (el TC) desconoce su esencia fijando una interpretación de la legalidad ordinaria que sólo corresponde al Tribunal Supremo".

Al igual que ya hicieran en dos ocasiones anteriores, en mayo de 2005 y en abril de 2006, la Sala General manifiesta por escrito su intención de mantener su jurisprudencia sobre la interrupción de la prescripción de delitos y manifiesten su supremacía sobre el Constitucional, en lo que a interpretación de las leyes se refiere.

El enfrentamiento entre las dos altas instituciones judiciales se mantiene vivo desde mayo de 2005, después de conocerse una sentencia del Tribunal Constitucional de marzo de 2005 que modificaba la doctrina sobre prescripción de los delitos.

La sentencia cuestionada en dicho momento, dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, establecía una nueva doctrina por la que la interposición de una denuncia o querella no es elemento suficiente para considerar interrumpido el plazo de prescripción. Esta postura jurisprudencial choca con la mantenida hasta ahora por el Supremo sobre la prescripción de delitos, lo que motivó el enfrentamiento entre los dos tribunales.

Caso urbanor. El Supremo consideró que Los Albertos engañaron a sus socios al negociar la venta del conjunto de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO, en Madrid, y les condenó a 3 años y 4 meses de cárcel modificando una sentencia anterior de la Audiencia de Madrid que había absuelto a Cortina y a Alcocer.

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