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El Supremo no cerrará las 'herriko tabernas' al no ver lazos con ETA

El Supremo dio un varapalo al proceso abierto por el juez Garzón contra las herriko tabernas al entender que no existen pruebas suficientes que vinculen estos centros con Batasuna. Sin embargo, la orden de cierre se daría si la Fiscalía lograra recavar esas pruebas. El Gobierno, por su parte, podría recurrir la decisión.

el 14 sep 2009 / 21:25 h.

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El Supremo dio un varapalo al proceso abierto por el juez Garzón contra las herriko tabernas al entender que no existen pruebas suficientes que vinculen estos centros con Batasuna. Sin embargo, la orden de cierre se daría si la Fiscalía lograra recavar esas pruebas. El Gobierno, por su parte, podría recurrir la decisión.

El Supremo acordó ayer unanimidad no proceder "en este momento" al embargo de las herriko tabernas. Según el tribunal, no ha quedado probado que los titulares de estos establecimientos sean en realidad "testaferros" de Batasuna. La decisión fue tomada por los 16 magistrados de la Sala Especial encargada del proceso de ejecución de la sentencia de ilegalización de la formación abertzale dictada en 2003.

El Supremo, no obstante, advierte de que su decisión se produce "sin perjuicio de que la Fiscalía y la Abogacía del Estado puedan ejercitar las correspondientes acciones de levantamiento del velo, es decir, puedan probar por vía civil que efectivamente los propietarios de las herriko tabernas o sus beneficiarios tienen relación con Batasuna.

Desde el Gobierno, el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, aseguró que una vez los servicios jurídicos del Estado analicen la resolución del Supremo, se plantearán interponer un recurso.

La base legal. La Sala del 61 justificó su negativa "visto el contenido del artículo 38 de la Ley Hipotecaria y lo prevenido en el artículo 593.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".

El primero de estos preceptos establece que "a todos los efectos legales se presumirá que los derechos reales inscritos en el Registro existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo" y añade que "de igual modo se presumirá que quien tenga inscrito el dominio de los inmuebles o derechos reales tiene la posesión de los mismos". La Ley Hipotecaria dice también que no podrá procederse al embargo de ningún inmueble inscrito en el Registro "sin que, previamente, se entable demanda de nulidad o cancelación de la inscripción correspondiente".

Ayer, en la previa del paro que la izquierda abertzale convoca contra el macroproceso que sienta en el banquillo al entorno de ETA, Batasuna no se pronunció sobre la decisión del Supremo, pero sí sobre el atentado del pasado 1 de diciembre. Pernando Barrena aseguró que el ataque de ETA "dibuja una situación que la izquierda abertzale durante el proceso negociador quiso desterrar de una vez por todas".

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