Economía

El TC avala al Estado para limitar el gasto de las regiones

El fallo del Constitucional refuerza al Gobierno para imponer mayor ahorro a las comunidades.

el 27 jul 2011 / 20:14 h.

La ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, ayer durante la reunión.

Si el Gobierno considera que los cuentas públicas de una comunidad autónoma ponen "en riesgo la estabilidad presupuestaria del Estado y del resto de comunidades", podrá imponer de forma "unilateral" un "límite de gasto" a las regiones o incluso "un plan económico-financiero de corrección del desequilibrio". Es decir, el Gobierno tutelaría las cuentas de una comunidad muy deficitaria obligándola a cumplir un plan de saneamiento.

Un par de horas antes de que los responsables de Hacienda de las comunidades autónomas se encerraran ayer en un despacho con la ministra Elena Salgado, conocieron la sentencia que el Tribunal Constitucional (TC) acababa de hacer pública, en la que confirma que el Estado tiene potestad para imponer a las regiones un límite de gasto.

El fallo, fechado el 20 de julio, llegó justo a tiempo para reforzar la posición del Gobierno, que tenía previsto proponer una "regla de gasto común" a unas regiones reacias a aceptar topes presupuestarios. Las comunidades, ahogadas por el déficit y el endeudamiento, se negaban en bloque a devolver ahora el dinero que el Estado les adelantó en 2008 y 2009: unos 24.000 millones de euros que el Ministerio de Economía y Hacienda repartió entre las regiones como anticipo de los ingresos tributarios que pensaban percibir esos años, unos ingresos que nunca llegaron en la cantidad prevista, y que provocó un desequilibrio grave en las cuentas públicas.

Para alcanzar el objetivo de reducir el déficit del conjunto de las comunidades al 1,3% del PIB, Salgado fantaseó con la idea de proponer una regla de gasto común, pensando que la Constitución le impedía establecer por ley un techo de gasto autonómico. Pero el fallo de ayer confirma que el Estado tiene esa legitimidad y puede ejercerla. La ministra jugaba de farol, hasta que le salió un as de la baraja.

El Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que el Parlamento catalán interpuso en 2001 contra la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y la ley orgánica que la complementaba. Ambas normas obligaban tanto al Estado como a las comunidades a conseguir el déficit cero en sus presupuestos y a perseguir un control más estricto del gasto. Las dos leyes fueron aprobadas por el Gobierno de Aznar, y luego modificadas por José Luis Rodríguez Zapatero, aunque "reproducen con una redacción más amplia las mismas cuestiones objeto de controversia". La Generalitat, durante el gobierno de CiU, las recurrió ante el TC por considerar que vulneraban "la autonomía política y financiera de Cataluña" y eran "un menoscabo a la tutela financiera".

La sentencia dice que es el CPFF, reunido ayer, el que "determina el objetivo de estabilidad presupuestaria que corresopnde a cada comunidad". Por estabilidad presupurstaria entiende "la situación de equilibrio o de superávit, computada en términos de capacidad de financiación, de acuerdo con la definición establecida en el Sistema Europeo de Cuentas". Si no hubiera acuerdo entre el Estado y las comunidades, éstas tendrían que liquidar sus presupuestos "en situación, al menos de equilibrio".

Si el Gobierno cree que una comunidad no cumple este requisito, tiene competencias para imponerle de forma "unilateral" el límite de gasto. "Cabe justificar que el Estado acuerde una medida unilateral susceptible de incidir en las competencias autonómicas en materia presupuestaria, siempre que aquella tenga una relación directa con los mencionados objetivos de política económica".

  • 1