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El TSJA carga ahora contra un manual de Ciudadanía

La controversia en torno a Educación para la Ciudadanía ha permanecido dormida cuatro meses, pero ayer el TSJA reabrió la polémica al admitir a trámite el recurso de una familia andaluza contra la Junta por negar a su hijo el derecho a faltar a clase. Esta vez la denuncia no cae contra la materia, absuelta por el Supremo, sino sobre uno de los libros de texto.

el 16 sep 2009 / 03:45 h.

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La controversia en torno a Educación para la Ciudadanía ha permanecido dormida cuatro meses, pero ayer el TSJA reabrió la polémica al admitir a trámite el recurso de una familia andaluza contra la Junta por negar a su hijo el derecho a faltar a clase. Esta vez la denuncia no cae contra la materia, absuelta por el Supremo, sino sobre uno de los libros de texto.

La Sala Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) admitió ayer a trámite un recurso contra la Consejería de Educación por negar a un niño la posibilidad de no asistir a clases de Ciudadanía, alegando que el libro de texto que usan en su colegio invade sus principios morales y religiosos. Se da aquí el mismo juez, el mismo acusador, la misma acusación, pero distinto acusado. Esta vez la causa no es contra la asignatura en sí, sino contra la redacción que ha elaborado una de las editoriales especializadas: McGraw Hill.

Por tanto, el recurso, que ayer adelantó Europa Press, busca impugnar el libro -algo que no tiene antecedentes en el mundo educativo- y para conseguirlo el abogado de la familia ha presentado el manual completo ante el juez, señalando frases y contenidos específicos que considera "adoctrinantes". De las 19 unidades que conforman la asignatura, el recurso ha señalado 12. "Algunos capítulos se han censurado al completo porque la familia los consideraba ofensivos, los que tocan temas de educación sexual, igualdad de género, tipos de familia y relaciones interpersonales", explicaba ayer su abogado, Abel Martínez.

Al margen del recurso, la familia ha solicitado al juez una medida cautelar para que su hijo no tenga que asistir a clases de EpC. Esto mismo ya lo hicieron cuando se solicitó la objeción en los tribunales y los magistrados del TSJA lo aceptaron. Ahora el Alto Tribunal estudiará los párrafos y los capítulos señalados en rojo y analizará si esos contenidos son, de por sí, ideológicos, y si la editorial se ha extralimitado en su función de desarrollar el temario de EpC. Tardará tres o cuatro meses en llegar a una conclusión, y existen posibilidades de que falle a favor de la familia. Fueron estos mismos jueces los que, ante el recurso contra la asignatura, dejaron ver que en la causa no se habían incluido contenidos específicos de EpC y, por tanto, no tenían competencias para enjuiciar toda la materia. Los pocos contenidos que se incluyeron en aquel recurso, relacionados todos con la diversidad de género y la homosexualidad, sí fueron anulados por el TSJA. Esta vez los jueces tienen todo el contenido de un libro en las manos, aunque su fallo sólo afectará a la familia de Bollullos y a la editorial McGraw.

Cuatro meses después de que el Supremo concluyera que objetar contra Ciudadanía es ilegal, los mismos actores que iniciaron aquella batalla legal contra la asignatura han vuelto a meterla en los tribunales. Una familia de Bollullos par del Condado (Huelva) con seis hijos fue la primera en objetar contra una materia obligatoria en España y, en acusarla de adoctrinar en las aulas. La Sala Tercera del TSJA, cuyos fallos suelen aguijonear con saña los métodos de las escuela andaluza, fue el primer tribunal español que admitió la objeción, y también el primero en anular contenidos concretos de la asignatura por considerar que vulneraban la libertad ideológica y religiosa de los alumnos. El Supremo le quitó la razón a ambos, pero tardó un año en hacerlo, un curso en el que fueron apareciendo en el país decenas de sentencias a favor y en contra de la asignatura, un caos legal en el epicentro del sistema educativo, y una incertidumbre insana para profesores, padres y alumnos.

La familia onubense, los Flores Cano, recurrió al Tribunal Constitucional y, entretanto, dirigió un escrito al viceconsejero de Educación pidiéndole amparo para que su hijo no tuviera que volver a clase de EpC. La Junta se lo negó.

El Supremo había dejado claro que la materia por sí misma "no alcanza a lesionar el derecho fundamental de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones". Los jueces aclararon que una asignatura, per se, no es una herramienta para pervertir la mente infantil, pero dejaron caer que si las familias detectaban que los profesores o las editoriales que hacían los libros de texto rebasaban los límites de lo educativo, e invadían la moral, entonces debían regresar a los tribunales y denunciarlo. Y así ha sido, cuatro meses después.

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