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El TSJA ignora el PGOU de Sevilla y se carga la biblioteca del Prado

El TSJA ha tumbado la decisión de Urbanismo y de la Universidad de construir la biblioteca del Prado, un proyecto que ya ha consumido 4 millones de euros, al considerar que no está justificada su presencia en una zona verde. Las administraciones alegaron ayer que el plan especial de protección de la zona permite esa edificación, por lo que recurrirán al Supremo.
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el 16 sep 2009 / 04:22 h.

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I. Comesaña / C. Muñoz

El TSJA ha tumbado la decisión de Urbanismo y de la Universidad de construir la biblioteca del Prado, un proyecto que ya ha consumido 4 millones de euros, al considerar que no está justificada su presencia en una zona verde. Las administraciones alegaron ayer que el plan especial de protección de la zona permite esa edificación, por lo que recurrirán al Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y las administraciones chocaron ayer en cuanto a la capacidad de estas últimas para variar una decisión anterior, en este caso, el plan especial de protección del Prado. El Plan General de Ordenación Urbana de 1987 protegió el parque por ser el único reducto verde junto al casco histórico que aún podía reservarse para el disfrute ciudadano, y luego lo desarrolló en un plan especial en 1994. Pero en 2006, cuando se planteó la biblioteca, Ayuntamiento y Universidad de Sevilla entendieron que compartir el uso verde y el educativo era del todo compatible e hicieron una modificación puntual del PGOU. Cuando ha llegado a manos del TSJA, en cambio, éste ha considerado que el plan especial protegía el Prado "tal y como lo conocemos y como lo reconoceremos. Cualquier intervención en él sería una estridencia en el recuerdo y la realidad urbana de la ciudad".

Con este argumento, el Alto Tribunal echa para atrás la decisión de construir el edificio que ha diseñado la arquitecta iraquí Zaha Hadid al estimar el recurso de los vecinos de la calle Diego de Riaño, que objetaba a la resolución de la Junta de 2006. El TSJA anula ahora el cambio de calificación en el PGOU, la decisión de la Universidad de edificar la biblioteca en el parque y "cualquier acto posterior que se derive de ellos".

La sentencia no se refiere a la continuidad de las obras, que Junta de Andalucía y Universidad afirmaron ayer que van a seguir adelante hasta que un juez dictamine lo contrario. Los vecinos de Diego de Riaño pedirán la ejecución de la sentencia y la paralización de las obras. Para el recurso ante el Supremo, ambas partes tienen un plazo de diez días.

La decisión del TSJA se basa en que la necesidad de crecimiento sostenible están muy por encima del uso educativo propuesto. Cambiar la calificación "no favorece los intereses generales de la ciudad que supone el parque público, antes al contrario los debilita en un claro retroceso para favorecer intereses educativos universitarios que no pueden primar sobre los generales".

No echarse atrás. Es decir, el tribunal considera que la Junta no se puede echar atrás en una decisión que estaba argumentada en la protección medioambiental del parque, si no es con otros argumentos de más peso. "El parque público se justifica por sí mismo", dice el juez, mientras que la biblioteca "atenta frontalmente contra la racionalidad y coherencia del desarrollo urbanístico".

En este punto difirió ayer la Junta, que consideró que el fallo "plantea un elemento muy delicado como discutir la capacidad del Ayuntamiento en el ejercicio de una potestad absolutamente básica como la del planeamiento", en palabras del consejero de Ordenación del Territorio, Juan Espadas. El consejero dijo que le "preocupa" ese argumento, pues "significaría tanto como asumir que un ayuntamiento no tiene capacidad de cambiar en un PGOU las determinaciones de un plan anterior y, por tanto, una limitación en las potestades municipales".

Añadió que la sentencia del TSJA se apoya en una doctrina del Supremo que dice que la modificación, en este caso del planeamiento, "no es posible hacerla si no viene avalada por la defensa de un interés general". "Si no lo es que el Ayuntamiento proponga en su PGOU una biblioteca para uso de los ciudadanos de Sevilla, pues no sé entonces qué es el interés general", consideró Espadas. "Parece que la sentencia entiende que sí lo es un parque público y no una biblioteca", pero él tiene sus "dudas", dijo.

La sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA insiste en que Sevilla no puede permitirse alterar una zona verde que en 1987 fue protegida, precisamente, por la escasez de estos espacios, por lo que considera que arañarle metros para dedicarlos a otro uso es una decisión de tal importancia medioambiental que tiene que estar sustentada en argumentos de mucho peso, lo que no ocurre en este caso. El plan del 87, según el juez, "liberó un espacio central de amenazas rentabilizadoras o especuladoras y cristalizó por primera vez y con carácter definitivo una de las grandes conquistas urbanísticas de los sevillanos". Y trasplantar los árboles a otro lugar, afirma la sentencia, no compensa la pérdida.

Ahí está la segunda fricción fundamental con la Junta y la Universidad: el juez entiende que esa configuración sólo admitía edificaciones efímeras, para proteger esa singularidad, pero Junta y Ayuntamiento siguen defendiendo que en ese suelo sí se podía edificar, según el PGOU de 1987, al ser Suelo de Interés Público y Social.

Hadid se interesa La sentencia añade, finalmente, que la Universidad no sufrirá menoscabo porque existen otros lugares en los que podría construir. Lo que no está tan claro es si la prestigiosa arquitecta que firma la obra estaría dispuesta a un cambio de ubicación, dado que diseñó un edificio muy comprometido con su entorno, según dijo en la presentación del proyecto, de 9.800 metros cuadrados. Zaha Hadid se puso ayer en contacto con la Universidad para interesarse por las consecuencias de la sentencia.

La Hispalense no reclamará indemnizaciones a Urbanismo por este fallo contrario a sus intereses ya que cuando firmó la licencia lo hizo con esa condición, impuesta por el secretario municipal en un informe en el que no consideraba "prudente" que fuera "exclusivamente la administración quien asuma el riesgo del resultado final".

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