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El TSJA rebaja la condena al asesino del celador porque "no se ensañó"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena al asesino del celador de Virgen del Rocío, Gaspar García, en dos años y medio, al considerar que no existió ensañamiento en la muerte. La sentencia, en cambio, confirma los 15 años de prisión para su esposa.

el 14 sep 2009 / 20:25 h.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena al asesino del celador de Virgen del Rocío, Gaspar García, en dos años y medio, al considerar que no existió ensañamiento en la muerte. La sentencia, en cambio, confirma los 15 años de prisión para su esposa.

El alto tribunal andaluz ha estimado parcialmente el recurso presentado por el letrado del matrimonio condenado por el asesinato a tiros del celador Gaspar García, ocurrido el pasado 8 de enero de 2006 en la calle Isaac Peral, ya que ha reducido los 21 años de prisión impuestos a Ricardo Suárez, el principal acusado, por la Audiencia Provincial de Sevilla a 17 años y medio.

En su sentencia, tras la vista celebrada el pasado día 12, el TSJA considera que no existió la agravante de "ensañamiento" en el asesinato, que fue reconocida por un jurado popular en su veredicto, pese a que Suárez efectuó al menos nueve disparos y que incluso cambió el cargador de la pistola. Asimismo, no ha tenido en cuenta la atenuante de drogadicción que su abogado, Javier del Rey, reclamaba para poder rebajarle la pena.

No obstante, el tribunal no ha estimado el recurso del letrado con respecto a la defensa de la esposa de Suárez, María Luisa Cortés, que fue condenada también como coautora de asesinato por la Audiencia Provincial a 15 años de prisión, confirmando así la pena impuesta.

Del Rey, que mostró su satisfacción por la reducción de la condena para su defendido, explicó que "ya hemos anunciado el recurso ante el Tribunal Supremo para el caso de María Luisa". Según el letrado, "la sentencia nos da pie al recurso porque en varias ocasiones se refiere a ella como cómplice y no como coautora", aunque aclaró que "no es muy explícita en los argumentos para mantener la pena".

El abogado solicitó al TSJA la libre absolución de la mujer, basándose en el principio de in dubio pro reo, es decir, inocente en caso de duda, ya que afirmaba que el testimonio de los cuatro testigos protegidos "era contradictorio" y que "sólo uno de ellos" aseguró que la vio abriendo la puerta del vehículo para ayudar a su marido a efectuar los disparos contra la víctima.

Por su parte, el letrado de la acusación particular, Rafael Villegas, explicó que, al menos de momento, "no vamos a recurrir la sentencia al Supremo porque jurídicamente es correcta". Según el abogado, la agravante de alevosía sí está clara, pero no es así en el caso del ensañamiento.

Villegas había presentado también recurso ante el TSJA solicitando un aumento de la condena para Ricardo Suárez de 21 a 25 años, la máxima por asesinato. No obstante, no descarta que la familia de la víctima opte por recurrir "porque lógicamente quieren la mayor condena".

Con esta decisión el TSJA desestima, además del recurso de la acusación particular, la decisión del fiscal, que en la vista de la semana pasada rechazó apoyar los recursos y solicitó la confirmación de ambas condenas. Recientemente, el alto tribunal andaluz también se opuso a conceder la libertad bajo fianza a María Luisa por el riesgo de fuga, ya que su marido huyó nada más cometer los hechos.

El jurado que enjuició al matrimonio consideró que Ricardo Suárez efectuó dos tandas de disparos contra Gaspar García sin que a éste le diera tiempo a bajar de su vehículo, y ello después de atropellar sin consecuencias a la hija del matrimonio. De igual modo, consideró que la mujer fue "cooperadora necesaria" para consumar el asesinato.

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