Invercaria entregaba sus ayudas sin analizar la solvencia de las empresas

Una de las imputadas en el caso, miembro del consejo de administración de la entidad y del consejo rector de IDEA, asegura que éste último organismo «sólo» ratificaba lo ya aprobado.

el 25 feb 2014 / 22:51 h.

primera piedra virtual FIVaInvercaria, la empresa pública de capital de riesgo de la Junta de Andalucía, otorgaba ayudas a empresas sin verificar la solvencia de las mismas, unas subvenciones que luego eran ratificadas por la Agencia IDEA sin más comprobaciones, pues esta entidad se limitaba a confirmar lo aprobado anteriormente. Así lo explicó ayer al juez del caso Isabel de Haro, miembro del consejo de administración de la entidad pública y del consejo rector de IDEA, en su declaración como imputada en la pieza abierta por el crédito de 1,5 millones de euros otorgados a la empresa Ferias Internacionales Virtuales de Andalucía (FIVA). En su declaración la exdirectivo explicó al titular del Juzgado de Instrucción número 16, en relación a la ayuda otorgada a FIVA y la situación económica de esta entidad, que «en una sociedad de capital de riesgo lo importante es el proyecto a diferencia de una entidad financiera normal en la que se analiza con más profundidad la situación patrimonial y financiera de la empresa sobre la que se financia». A lo que añadió que «en el mundo del capital de riesgo es frecuente que la sociedad objeto de inversión no se encuentre en una situación equilibrada financieramente». De hecho, aseguró que en los consejos de administración «sólo se deliberaba sobre la situación patrimonial o financiera de la sociedad objeto de inversión cuando en la documentación se hacía constar como algo relevante», sin que pudiera recordar si en el caso de FIVA había algún dato destacado. Además, IDEA tampoco comprobaba la situación porque no recordaba que en la documentación que se le entregaba al consejo rector se incluyera, dudando de que sus miembros pudieran tener «un conocimiento fehaciente, a la hora de ratificar, del estado financiero y patrimonial de la empresa participada». De Haro también explicó el consejo rector de IDEA lo que hacía era «una ratificación de lo acordado» previamente en Invercaria. «Se limitaba a ratificar sin que previamente hubiera de nuevo una deliberación sobre todos los puntos del proyecto», pues se entendía que lo acordado «era adecuado y no constando ningún elemento que hiciese pensar lo contrario». Es más, dijo que no recordaba «ninguna ocasión en la que el consejo rector de la Agencia IDEA hubiese rechazado una propuesta de inversión acordada por Invercaria». No obstante, explicó «cualquier miembro del consejo rector de IDEA» podía solicitar a la empresa pública «la documentación que estimase oportuna», pero «no era la práctica habitual». En este punto, también quiso aclarar que «realmente» la ratificación por parte del consejo rector «no es una segunda instancia» respecto a lo ya acordado, que «no se revisaba». Igualmente, en el consejo rector de IDEA «no existía un criterio para decidir el modo de inversión», participaciones en el capital o préstamos participativos, ya que era una decisión que se tomaba en Invercaria y que ellos sólo «ratificaban». Por último, dijo que tampoco recibían informes de seguimiento de la inversión.

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