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Jueces creen que la expulsión de alumnos por fraude es aplazable

Los magistrados coinciden en que lo más conveniente para un menor que ha cometido fraude en la escolarización es dejarlo terminar el curso.

el 22 mar 2010 / 21:53 h.

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Un grupo de alumnos en el patio del colegio concertado Portaceli, del que casi expulsan a varios niños.

Los alumnos que ahora están escolarizados con medidas cautelares al haber sido denunciados por fraude escolar -más de 200 en toda Sevilla- se exponen a ser expulsados en cuanto un juez resuelva su caso. Eso, dado el colapso habitual de los juzgados de lo Contencioso, suele ocurrir dos o tres años después. Así que la sentencia llega cuando el niño ya ha pasado de curso al menos dos veces, ha hecho amigos en el aula y el profesor conoce la evolución de su aprendizaje.

Si el fallo retira las medidas cautelares -como ha sucedido con los últimos 13 alumnos de concertados de Nervión, Casco Antiguo, Bami y Santa Clara- la Consejería de Educación ordena expulsar a esos niños, y les ofrece plaza en otros colegios próximos. Esto puede suceder y sucede en cualquier momento del curso escolar. Durante la semana de exámenes, como ocurrió con los 13 alumnos, o siete días antes de que finalizara el curso, como pasó el año pasado con una alumna de 13 años de un colegio concertado de Sevilla Este.

Fuentes judiciales consultadas por este periódico coinciden en que "lo más conveniente es dejar que el alumno termine el curso escolar para no causar un perjuicio mayor". De los 13 últimos alumnos expulsados, ocho siguieron en sus escuelas porque un juez paralizó en último momento la ejecución de sus propias sentencias. El magistrado había retirado las medidas cautelares a los niños, pero el fallo no era firme y podía recurrirse. Antes de que los padres lo hicieran, Educación ya había ordenado la expulsión. Podía hacerlo porque era una sentencia provisional, pero tendría que haberle pedido permiso al juez, y éste hubiera ponderado la situación de los críos y decidido si era más conveniente dejarles terminar el curso.

Varios jueces consultados defienden que la "ejecución de una sentencia de este tipo, que afecta a menores, no tiene por qué ser inminente". Sin embargo, al ser consultados sobre por qué no incluyen en el fallo la recomendación de que dejen a los niños terminar el curso, matizan que "no es habitual", porque "la sentencia desestima o no desestima, pero el resto no es competencia nuestra". Es de suponer que esa competencia es de la Consejería de Educación, aunque fuentes de este departamento aseguran que "cuando llega una sentencia que confirma que el alumno falseó los datos para lograr plaza en su colegio, lo lógico es cumplirla al instante". "De otra forma podríamos incurrir en desacato", añaden.

El que los tribunales formen parte activa del proceso de escolarización en Sevilla enrarece bastante el reparto de plazas. Hace un año ocurrió justo el caso que ahora se repite con los 13 alumnos: una juez de lo Contencioso dictó una sentencia ordenando la expulsión de una alumna de su colegio, después de tres años en él, y a una semana para que finalizara el curso. Educación no ejecutó la sentencia para dejar que la niña terminara las clases, pero al hacerse pública la historia la delegación ordenó su expulsión inmediata. Después la juez dijo que no hacía falta tanta premura, pero sobre el papel ni la Junta ni los jueces saben cómo resolver estas situaciones.

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