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La Audiencia anula la imputación de Álvarez y pide a Alaya que la justifique

El tribunal advierte a la jueza de los ERE que la falta de motivación vulnera el derecho de defensa de la ex consejera. Cree que se ha superado el límite de un juez de instrucción antes de elevar una causa con aforados

el 25 oct 2013 / 13:05 h.

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La exministra de Fomento y exconsejera andaluza de Economía, Magdalena Álvarez, tras declarar en los juzgados el pasado 8 de octubre. / EFE La exministra de Fomento y exconsejera andaluza de Economía, Magdalena Álvarez, tras declarar en los juzgados el pasado 8 de octubre. / EFE (Auto de la Audiencia de Sevilla - PDF) La Audiencia de Sevilla ha admitido el recurso de la exministra y exconsejera de Economía y Hacienda, Magdalena Álvarez, y ha anulado su imputación en el caso ERE. El tribunal ordena a la jueza que instruye la causa, Mercedes Alaya, que razone mejor por qué y de qué le acusa exactamente. No es la primera vez que la Audiencia corrige la instrucción de Alaya sobre el fraude en los expedientes de regulación de empleo, pero esta vez ha puesto en entredicho el auto de imputación del pasado 28 de junio, que surgió de la Operación Heracles, y en el que fueron señalados 20 altos cargos y excargos de la Junta. La propia jueza definió ese auto como “un paso cualitativo en la instrucción para determinar la participación de otras personas, las cuales habrían permitido el uso indebido de las transferencias de financiación, con las consecuencias del dispendio continuado de fondos públicos”. El auto de la Audiencia, hecho público ayer, no desmonta la acusación de los 20 altos cargos, pero revoca parcialmente una parte sensible: la que atañe a la imputación de Álvarez, responsable de la cartera de Economía y Hacienda entre 1994 y 2004. La Sección Séptima de la Audiencia, en un escrito muy crítico, advierte de que la falta de motivación en esta imputación vulnera el derecho de Álvarez a la defensa y a la tutela judicial. Los jueces de la Audiencia reprochan a Alaya que cargue a la exconsejera con la autoría del sistema de pago de los ERE que permitió el fraude, y sin embargo solvente en dos frases las razones de su acusación. “Una resolución de esta naturaleza debe contener una exposición cuando menos concreta y precisa de los nuevos hechos punibles cuya comisión se atribuye a la persona traída al proceso como imputado”, reza el auto. Además la Audiencia cuestiona la instrucción de Alaya que, según dice, incurre en contradicciones respecto a Álvarez. Por un lado la acusa de no haber vigilado el procedimiento de pago de los ERE, lo cual hubiera evitado el mal uso de los fondos; pero por otro, también la acusa de haber ideado un “procedimiento específico” –las transferencias de financiación– “absolutamente inadecuado para su uso como subvenciones sociolaborales”, en palabras de Alaya, a sabiendas de que esto provocaría un “menoscabo de los fondos públicos”. El tribunal asegura que la jueza “parece aludir simultáneamente a los dos títulos de imputación posibles”. Por un lado, “la responsabilidad por omisión en los hechos cometidos por otros”, y por otro, “sin decirlo explícitamente como correspondería de entenderse así: la ideación del sistema, incluida la reforma legal, para dar cobertura a un plan de desvío continuado de fondos”. El órgano superior concluye que Alaya debió especificar “qué concreto delito se le atribuye” a Álvarez, y además debió hacerlo, como apunta el fiscal, antes de llamarla a declarar, “para que la recurrente conozca los detalles de lo que se le achaca”. Hasta el día de su declaración, la exministra no supo que le imputaban delitos de prevaricación y malversación. Método de pago // La clave para entender la imputación de Álvarez, vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones (BEI), es la figura de la transferencia de financiación entre la Junta y otros entes públicos. Alaya cree que se abusó indebidamente de este sistema de pago, que no requería control previo de la Intervención. De hecho, el órgano fiscalizador emitió 15 informes advirtiendo de que el procedimiento era “inadecuado” y permitía un “uso discrecional” de las ayudas a parados. Álvarez, siendo consejera en 2003, fue quien dictó las normas que regulaban esa figura, sin embargo el mismo sistema se estuvo usando entre 1999 y 2001 mediante modificaciones presupuestarias. Además, el sistema estaba recogido en la Ley de Presupuestos y obtuvo el visto bueno del Parlamento. La tesis de la Junta es que si la ilegalidad estuviera en el mismo procedimiento, y no en el uso que se le dio, el fraude podría implicar a todo el arco parlamentario. En su auto, la Audiencia pide a Alaya que si mantiene la hipótesis de que Álvarez diseñó el sistema de la transferencia de financiación para malversar, explique cuántos más están salpicados. Porque de ser así, dice con cierto retintín el tribunal, “la supuesta confabulación o maquinación colectiva alcanzaría, incluso, a la tramitación de las leyes de presupuestos en sede parlamentaria, en la que están representados más de un partido político, entre ellos aquel al que pertenecen las acusaciones particulares” [PP]. Para volver a imputar este delito a Álvarez, la jueza debe razonar cómo se gestó “una actuación colectiva tan maquinada y con tan larga prolongación en el tiempo” (diez años). En el auto, la Audiencia también se refiere a la posible participación en los hechos investigados de personas aforadas y asegura que “podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario antes de elevarse la causa al juez competente en las causas por aforamiento”. La instrucción de los ERE dura ya casi tres años y suma 133 imputados, entre políticos, empresarios, sindicalistas y aseguradoras.  

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