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La Audiencia deja en libertad bajo fianza de 450.000 euros al exconsejero de Empleo Antonio Fernández

el 12 jul 2012 / 09:52 h.

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El exconsejero de Empleo Antonio Fernández podrá salir en libertad si deposita los 450.000 euros en metálico que le ha impuesto la Audiencia Provincial como fianza. En prisión desde el pasado 24 de abril, Fernández está imputado en la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos por seis delitos. La jueza Mercedes Alaya le encarceló tras cuatro días declarando alegando riesgo de fuga y entorpecimiento de la causa, unos argumentos que ahora tumba la Audiencia, que obliga a Fernández a personarse todos los martes en el juzgado y a que entregue su pasaporte. La Audiencia también cree acreditado el uso "perverso" del convenio que posibilitó las ayudas.

La Sección Séptima de la Audiencia considera en su auto, de 25 folios, rebate los argumentos de Alaya, asegurando que "si hubiese sido intención del imputado eludir la acción judicial u obstruir la instrucción, tiempo ha tenido para hacerlo". De hecho, recuerda que desde que se le notificó su imputación hasta que acudió a declarar transcurrieron "trece meses, tiempo más que suficiente para estando su defensa personada y siendo conocedora del avance de la instrucción, hubiera podido eludir la acción judicial, como pudo hacerlo una vez conocida la imputación pues la toma de declaración duró cuatro días y fue conocedor desde el primero de ellos de los concretos hechos e infracciones penales que se le atribuían". A esto, añade que "este dato no ha sido valorado en sus justos términos, según entendemos y es sin duda relevante".
Para los magistrados "tampoco puede ser argumento que justifique la prisión " la posible obstrucción de la causa que pudiera realizar el exalto cargo, pues "estimamos que la influencia que pudiera ejercer el imputado, de querer hacerlo, no se conjuraría con la privación de libertad", pese a que aseguran desconocer "el grado de influencia que pudiera conservar, apartado de la actividad política y dada su situación en la causa".
Para fijar la cuantía de la fianza, la Audiencia señala que "no puede servirnos exclusivamente de parámetro para fijar la cuantía de la fianza personal" de más de 807 millones de euros impuesta por Alaya como responsabilidad civil, pues "haría ilusoria cualquier posibilidad de elusión de la privación de libertad". Así, teniendo en cuenta "los cargo públicos de alta responsabilidad durante una década con las remuneraciones consiguientes", considera ajustada una fianza de 450.000 euros en metálico para salir de prisión.

Junto a esta medida, los magistrados le imponen la "obligación de comparecer todos los martes" en el juzgado de Instrucción, así como la prohibición de abandonar el territorio español para lo que se le retirará el pasaporte. Por último, tendrá que designar un domicilio "que no podrá cambiar sin previa autorización judicial".
Pero el auto no sólo hace alusión a la medida de privación de libertad, sino que en respuesta al recurso planteado por el abogado de Fernández, Alfonso Martínez del Hoyo, en el que rebate entre otros aspectos la imputación planteada por la jueza (seis delitos continuados de prevaricación, malversación, negociación y actividad prohibida a los funcionarios, cohecho, falsedad en documento mercantil y obtención indebida de ayudas públicas). Así, los magistrados concluyen que "sí existen indicios racionales y contrastados de la perversa utilización delictiva de las herramientas que el convenio [firmado por Fernández y bajo el que se otorgaron las ayudas] proporcionaba así como de la participación del apelante en ese uso desviado". Todo ello, pese a que "no disponemos de datos objetivos y elementos de juicio suficientes con fijeza sobre si era ajustado a derecho o no el procedimiento instaurado por la Consejería de Empleo para la materialización de ayudas sociolaborales y directas a empresas".

Asimismo, aseguran que "resulta en estos momentos difícil de aceptar la falta de conocimiento por parte del imputado de lo que sucedía en la Consejería" y consideran que "lo que no podemos aceptar es que desconociera la arbitrariedad a que se prestaba y los efectos perversos que su utilización, como lo estaba siendo, estaba generando". Por ello concluyen, que "existen indicios de criminalidad".
Eso sí, sobre su imputación por su inclusión en el ERE de las bodegas González Byass, en las que trabajó Fernández, "no tiene la misma consistencia que en los otros tipos examinados", señala el auto.

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