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La batalla de la hornacina en Alcalá del Río

Condenada una constructora por no poner una Virgen de la Soledad.Pintó las zonas comunes de un edificio del color de la cofradía rival pese a un contrato que lo vetaba.

el 21 dic 2010 / 20:30 h.

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Los sentimientos de un cofrade de Alcalá del Río fueron dañados y tendrá que ser indemnizado por ello. Una inmobiliaria del propio municipio deberá pagar 14.320 euros por incumplir su promesa de poner en un bloque de pisos en construcción una hornacina con la Virgen de la Soledad y por no acatar su compromiso de que las zonas comunes no se pintarían de verde, color de la cofradía "rival" en el pueblo, la Hermandad de la Veracruz.

La Audiencia de Sevilla, en una sentencia a la que tuvo acceso la agencia Efe, dice que al incumplir esos compromisos, la constructora causó un "manifiesto daño moral" al demandante, que había incluido esas cláusulas en el contrato porque para él "trascendían el aspecto puramente patrimonial o económico" y afectaban a lo "espiritual, sentimental y afectivo".

M.L.L.Z. firmó en agosto de 2004 una permuta de terrenos con la inmobiliaria para construir un bloque de pisos, en virtud de la cual él mismo cedería el suelo y compraría dos viviendas del residencial. En el punto décimo del contrato, la promotora "asumió el compromiso de construir una hornacina o capillita" en la cual se instalaría una imagen de la titular de la Hermandad de la Soledad, y también "aceptó no pintar de verde las zonas comunes", dado que es el color de la Hermandad de la Veracruz.

La promotora incumplió su compromiso e incluso no atendió un último requerimiento del notario para que suspendiese la reunión en la que se constituyó la comunidad de propietarios, que finalmente se celebró el 20 de septiembre de 2005 y "en la que quedó conformada la mayoría que serviría de obstáculo definitivo a la colocación de la imagen, a la que es devoto el demandante", según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, ahora confirmada con este fallo.

En dicha reunión, la comunidad de propietarios decidió poner en el retablo la imagen de otra virgen, lo que efectivamente realizó de inmediato, según la sentencia, tal y como lo certificó un notario al constatar su presencia en la fachada del edificio.

De esta manera, el cofrade no pudo ejercer el derecho que se había reservado en contrato y la constructora incurrió en un "clamoroso, consciente y voluntario incumplimiento, revestido además de una conducta contraria a la buena fe contractual al tolerar, permitir y facilitar" la reunión de la comunidad de propietarios pese a los requerimientos previos que se le hicieron. El demandante, que es miembro de la Hermandad de la Soledad desde su nacimiento, según recoge la sentencia, sufrió así una "aflicción, dolor, angustia, tristeza o pesadumbre moral obvias" y "consustanciales al incumplimiento, pues afectan a lo sentimental y espiritual", según sostienen los jueces.

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