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La Fiscalía pide al Tribunal Supremo que mantenga la condena al juez Serrano

el 30 may 2012 / 11:41 h.

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La Fiscalía ha pedido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que  confirme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía  (TSJA) que condenó al juez de familia Francisco Serrano a dos años de  inhabilitación por un delito de prevaricación culposa al modificar la  custodia de un niño para que pudiera salir en una cofradía de la  'Madrugá' sevillana, en 2010.

En la vista pública celebrada este miércoles en el Supremo, el  fiscal Luis Navajas ha considerado que Serrano omitió trámites  procesales y testimonios, que actuó con "absoluto olvido y desprecio  de la norma jurídica" y que "prejuzgó a personas sin escucharlas", en  referencia a la madre del menor.

Así, ha señalado que el juez podía haber citado a la madre del  menor para escucharla porque "a ella le correspondía la decisión de  decir sí o no a que el niño saliera en la procesión" pero, sin  embargo, no lo hizo. Además, ha mantenido que el juez, mostró una  "falta de interés por penetrar en el núcleo del problema".

El representante del Ministerio Fiscal mantiene que Serrano, que  ha estado presente en la vista, no cometió una prevaricación dolosa ,  porque no burló "intencionalmente" las normas pero sí "culposa"  (negligente, no intencionada) ya que "desatendió e incumplió las  normas procesales que conocía perfectamente".  

Lamenta, además, que su actuación fuera "innecesariamente  precipitada" ya que autorizó la "modificación" del turno de custodia  "tres o cuatro días antes de la procesión". "Esa ausencia de sosiego  es en la que hay imprudencia grave", ha dicho.

Además, el fiscal ha reflexionado sobre cómo una cuestión tan  aparentemente "trivial" como es el deseo de un menor de acudir a una  procesión "se salió de madre de esta manera" y lo que "se tenía que  haber ventilado en el ámbito familiar o en el juzgado de violencia  sobre la mujer de Sevilla" acabara de este modo. "Solo cabe la  explicación de que cuando las relaciones (entre los cónjuges) se  encrespan de tal manera, se usa a los hijos para perjudicar al otro",  ha lamentado.

PRORROGA DE HORAS

Por su parte, la defensa de Serrano, pidió la libre absolución del  juez al considerar que éste sufrió indefensión durante el juicio en  el TSJA ya que fue acusado de delito de prevaricación dolosa y luego  modificado a culposa. Así,ha explicado que si hubiera cometido un  delito culposo, la sentencia del tribunal sevillano sería "injusta",  pero si el delito fuera culposo, sería, además, "ilegal y grosera".

La defensa ha subrayado que el juez sevillano no modificó el turno  de custodia a favor del padre sino que "prorrogó" la estancia con  éste "unas horas" y ha considerado que no está probado que Serrano  dictara una resolución injusta o sin trámite procesal y, además, ha  defendido que la participación en la procesión tenía "verdadera  importancia para el menor" y no era "un simple deseo infantil".

Por otra parte, ha censurado la actitud "obsesiva" de la madre,  como a su juicio demuestra que llegara a pedir una orden de  alejamiento del niño para el propio juez Serrano, algo que no fue  admitido, y una cierta predilección por los pleitos y los asuntos  judiciales.

Por su lado, el abogado de la madre del niño ha pedido la  confirmación de la sentencia al considerar que Serrano actuó "a  sabiendas" de que lo hacía incorrectamente e inducido por el abogado  del padre del menor, Joaquín Moeckel, y con quien, según sus  palabras, tenía una estrecha relación personal y profesional. "Un  abogado no puede elegir un juez y un juez no puede elegir la causa y  aquí se eligió la causa", ha señalado.

Además, en una intervención plagada de referencias a la doctrina  católica y al santoral, ha censurado que la madre haya sido "tachada  de no religiosa", lo que, según ha dicho, está "lejos de la  realidad". Así, ha dicho que "la madre es una ciudadana normal que se  siente señalada como si fuera la que violentara la libertad religiosa  y como si no tuviera sentimientos religiosos".

El abogado ha intentado demostrar el sufrimiento de la madre al  "no saber el paradero (del niño) durante horas" y ha recordado que el  menor no iba a procesionar en una cofradía "más" sino en la del  Silencio, que en aquel momento "impedía acercarse a las mujeres". "Es  decir que el niño estaba en un ambiente de bullicio y el padre ni es  cofrade de esa cofradía ni iba a salir en procesión", ha concluido.

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