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La Hispalense podrá eliminar optativas si no se matriculan más de cinco alumnos

Las asignaturas optativas en las que se matriculen cinco o menos alumnos durante dos cursos consecutivos serán suprimidas de la oferta académica de la Universidad de Sevilla. Ésta es una de las medidas recogidas en el Reglamento de Actividades Docentes que el Claustro analizará para su aprobación el próximo martes.

el 15 sep 2009 / 19:43 h.

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Las asignaturas optativas en las que se matriculen cinco o menos alumnos durante dos cursos consecutivos serán suprimidas de la oferta académica de la Universidad de Sevilla. Ésta es una de las medidas recogidas en el Reglamento de Actividades Docentes que el Claustro analizará para su aprobación el próximo martes.

El de Actividades Docentes es el primero de los ochos reglamentos estatutarios que la Hispalense tiene que aprobar en los próximos años. En él se establecen desde cómo elaborar planes estudios hasta la evaluación de la calidad de la docencia, entre otros aspectos. En ese sentido, y en línea con la política de revisión y control de la oferta académica a la que obligan las nuevas normas de las administraciones educativas, la comisión de proyectos normativos -encargada de la elaboración del reglamento- fija en su artículo 4 que los planes de estudios podrán ser modificados de forma excepcional "cuando el número de estudiantes matriculados en una asignatura optativa sea menor o igual que cinco durante dos cursos consecutivos". En este supuesto, el Consejo de Gobierno "podrá acordar la modificación del plan de estudios correspondiente mediante la supresión de dicha asignatura o su sustitución por otra".

El Reglamento de Actividades Docentes, adelantado por este periódico el pasado 20 de octubre, consagra el hecho de que el 30% de los miembros de las comisiones que redactan los planes de estudios sean estudiantes del centro donde se imparte la materia y, en lo referente a las prácticas externas y los trabajos de fin de carrera, reconoce como "parte de la actividad docente" las tutorías ejercidas por los profesores.

Por último, en el artículo 73 de la normativa -efectos de la evaluación anual de la actividad docente del profesorado- se ha suprimido con respecto al primer borrador el punto en el que se fijaba que aquellos profesores que recibieran una calificación de desfavorable en tres cursos consecutivos en una misma asignatura, no podrían volver a ser docentes de la misma hasta que no obtuvieran dos evaluaciones favorables consecutivas en otras asignaturas del departamento. Se ha añadido, por contra, que cuando la nota sea desfavorable para el docente "se adjunte al informe individualizado un plan de actuación de obligado cumplimiento, elaborado con la participación del profesor afectado".

Menos sueldo. No se ha movido una coma en lo referente a las consecuencias de una evaluación negativa de la docencia. Si el profesor suspendiera en la misma durante, al menos, tres de los cinco años de un quinquenio evaluable, podrá perder los complementos salariales que percibe.

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