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La juez Alaya deberá nombrar un nuevo administrador judicial... o levantar las cautelares

La instrucción del caso Lopera está próxima a su fin y la dimisión de Bosch como consejero puede precipitar los acontecimientos.

el 13 ene 2014 / 21:22 h.

Bosch_portada Miguel Guillén conversa con José Antonio Bosch Las plataformas demandantes que auspiciaron el nombramiento de Bosch (Béticos por el Villamarín, Por Nuestro Betis y Liga de Juristas Béticos) tienen prevista una reunión mañana miércoles para analizar la situación creada tras la dimisión forzada del aún administrador judicial del paquete mayoritario de acciones del club. En principio no tenían intención de reclamar a la jueza la remoción de Bosch hasta la finalización de la temporada, pero es muy probable que lo hagan si el propio Bosch no pide su relevo al frente de la administración judicial, lo que según algunas fuentes podría haber realizado ya. Una vez sea relevado Bosch como administrador judicial, ya sea a petición propia, por decisión de la jueza o las plataformas demandantes –la alternativa de su permanencia casi nadie la contempla–, la juez Alaya deberá nombrar a otro o decretar el levantamiento de las medidas cautelares, toda vez que la instrucción del caso está próxima a finalizar y en unos meses el sumario pasará a la Audiencia, que será la que fije la fecha de juicio. De ser levantadas las medidas cautelares el actual consejo debería convocar una nueva junta de accionistas para dar paso al relevo, aunque existe la posibilidad de que el Juzgado de lo Mercantil decrete otras medidas cautelares sobre 36.869 acciones de Farusa que, presuntamente, no fueron desembolsadas en 1992. Esto supondría el nombramiento de otro administrador judicial y un nuevo mapa accionarial que daría pie a curiosas alianzas. El Juzgado de lo Mercantil ya concedió en primera instancia las medidas cautelares sobre esas acciones, luego revocadas en noviembre del año pasado por la Audiencia, aunque se podrían activar de nuevo presentando una demanda y una fianza por parte de los demandantes de 221.582 euros. La Audiencia las rechazó por entender que no eran necesarias al estar vigentes las del Juzgado de lo Penal, pero tendrían sentido si éstas son levantadas.

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