Local

La pena media por crímenes machistas se endurece a 16 años

Uno de cada cinco fallos dictados por crímenes machistas aplican atenuantes por alcohol, drogas o trastorno mental, según el Observatorio de la Violencia de Género del Poder Judicial.

el 16 oct 2010 / 21:11 h.

TAGS:

En 2008, 31 casos fueron juzgados por jurado popular, con un 90% de condenas.

Setenta mujeres fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas en 2008, un año en el que las Audiencias Provinciales y jurados populares enjuiciaron 40 casos de violencia de género (12 de ellos en Andalucía), la mayoría ocurridos uno o dos años antes.

El Observatorio para la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha analizado las sentencias dictadas y el resultado revela que el 93% fueron condenatorias y que las penas se endurecieron con respecto a los fallos dictados en 2007.

Así, la condena media impuesta fue de 16,5 años de prisión y en la mayoría de los casos los hechos fueron calificados de asesinato, el delito más grave (25 casos frente a 14 de homicidio y uno de homicidio imprudente). De las 40 sentencias, tres corresponden a delitos de violencia doméstica en los que la víctima fue el hombre y el agresor o inductor, la mujer.

Casi la mitad de los inculpados se entregaron voluntariamente, si bien el Observatorio destaca que en la mayoría de las sentencias esta actitud aparece como "elemento reivindicativo y de refuerzo de la situación de dominio" del agresor. Un 44% de los procesados huyó o negó los hechos y un 6% intentó suicidarse, ya que el informe sólo recoge casos juzgados que excluyen, por tanto, aquellos en los que el presunto culpable se quitó la vida. Por ello, la confesión fue la principal circunstancia atenuante, recogida en 18 de los 40 fallos.

Sin embargo, sólo en una de cada cinco sentencias se estimaron como causas para rebajar la pena el trastorno mental transitorio (en tres casos fue considerado atenuante y en dos eximente) y el consumo de alcohol o drogas (otros tres casos). Precisamente, a finales del año pasado, el Congreso de los Diputados rechazó una propuesta de la Comisión de Igualdad para que el alcohol y las drogas dejaran de ser considerados como atenuantes e incluso se estudiara que fueran agravantes, lo que genero una ardua polémica entre los jueces aunque finalmente no se acordó ninguna modificación en este sentido.

Otras atenuantes aplicadas, aunque de manera minoritaria, fueron las de arrebato (en dos casos, uno de violencia doméstica contra el hombre) y la reparación del daño (en el caso de una madre que indemnizó a sus hijos por el asesinato de su padre previamente al juicio).

En cuanto a las circunstancias agravantes, la relación de parentesco se tuvo en cuenta en 31 sentencias, el abuso de una situación de superioridad en cinco, el abuso de confianza en una y la reincidencia en otra, mientras que la eximente total sólo se aplicó en un caso de violencia doméstica donde la agresora fue la mujer por "miedo insuperable", ya que se consideró probado que la enjuiciada fue anteriormente víctima de malos tratos.

El Observatorio alerta del aumento del riesgo que supone comunicar o iniciar la separación, ya que siete de las 40 víctimas se encontraban en esta situación. Y aunque sólo en diez de los casos juzgados había denuncia previa de malos tratos, catorce sentencias recogen como hechos probados episodios previos de violencia de género. De hecho, 15 sentencias contienen condenas por otros delitos complementarios al crimen como la violencia habitual o el quebrantamiento de la orden de alejamiento.En todos los casos se dictó la prisión preventiva hasta la celebración del juicio, con una duración media de dos años ya que el CGPJ destaca el esfuerzo realizado por acortar los procesos (aún así, en 2008 se juzgaron cinco crímenes cometidos en 2005, uno en 2004 y otro en 2003).

Junto a las penas de cárcel, el informe revela un aumento de otras accesorias, principalmente la inhabilitación absoluta y el alejamiento de los familiares de la víctima. Por contra, pese a que la ley contra la violencia de género lo contempla, ninguno de los agresores perdió la pensión de viudedad. En cuanto a las cuantías de las indemnizaciones, osciló entre los 105.351 euros de media para cada hijo (el 80% de las víctimas tenían descendientes y en tres casos el asesinato se produjo delante de ellos), los 59.619 euros para los padres y los 40.824 euros para los hermanos (también hay casos de indemnización al esposo actual, en el caso de que el agresor fuera la ex pareja, o abuelos). En 30 de los 40 casos el Estado se personó como acusación popular, una tendencia creciente según el informe, y dos sentencias llegan incluso a fijar una indemnización a éste por responsabilidad civil.

  • 1