Economía

Las aerolíneas están obligadas ya a incluir en el precio tasas y recargos

Se acabaron las sorpresas y la letra pequeña. Las compañías aéreas están obligadas a incluir todas las tasas aeroportuarias y recargos de carburante en los precios de los billetes de avión con el objetivo de evitar la publicidad engañosa, de acuerdo con una directiva europea que acaba de entrar en vigor.

el 15 sep 2009 / 17:45 h.

Se acabaron las sorpresas y la letra pequeña. Las compañías aéreas están obligadas desde el sábado a incluir todas las tasas aeroportuarias y recargos de carburante en los precios de los billetes de avión con el objetivo de evitar la publicidad engañosa, de acuerdo con una directiva europea que acaba de entrar en vigor.

Con esta iniciativa, la Unión Europea (UE) pretende combatir la práctica de presentar en las promociones de los billetes de avión los precios sin las tasas, que sólo se añaden en el momento de la reserva. El objetivo es que los usuarios conozcan "desde el primer momento" los precios reales, sin que existan "tasas escondidas" y, así, puedan comparar los de diferentes compañías, lo cual fomentará la competencia, según explicó el portavoz comunitario Jens Mester.

La norma establece el principio de que el precio publicitado debe ser el realmente pagado al final del proceso de reserva por parte del pasajero. Ello significa que las compañías que operen un vuelo desde un aeropuerto comunitario deberán indicar en sus tarifas, también en internet, "en todo momento el precio final que deba pagarse", que incluirá la tarifa, los impuestos y los cánones, recargos y derechos que sean obligatorios y previsibles en el momento.

Mientras, los suplementos especiales, como los seguros de viaje opcionales, se comunicarán "de manera clara, transparente y sin ambigüedades" al inicio de la reserva, y no podrán aparecer premarcados, sino que deberá ser el propio pasajero quien los incluya a través de "su consentimiento expreso".

Un experto del Ejecutivo comunitario indicó a Europa Press que el precio publicitado debe incluir "todos los costes que no se puedan evitar", y advertir de los pagos que puedan exigir las compañías posteriormente como, por ejemplo, por equipaje adicional en el momento de la facturación.

El vicepresidente de la Comisión Europea y comisario de Transportes, Antonio Tajani, declaró que "es esencial" que todos los actores obedezcan a las mismas reglas, porque "es una condición de la liberalización en Europa que ofrezca más posibilidades a los pasajeros y tarifas menos altas. La competencia leal es la clave del éxito: gracias a la transparencia en los precios, los pasajeros sabrán con antelación cuánto van a pagar y, así, podrán hacer su elección con conocimiento de causa", añadió.

Otro de los requisitos contemplados en el nuevo reglamento europeo es que toda discriminación tarifaria entre viajeros, basada en su lugar de residencia o nacionalidad, queda totalmente prohibida. Un billete para una plaza y vuelo determinados deberá costar lo mismo con independencia del Estado miembro desde el que se adquiera.

Para proteger a los pasajeros ante la quiebra de las empresas, las licencias de explotación podrán dejarse en suspenso o revocarse si una aerolínea no puede hacer frente durante un año a las obligaciones financieras que ha contraído o que pueda contraer. La autoridad competente podrá evaluar en cualquier momento la situación financiera de toda compañía aérea comunitaria.

Igualmente, se podrá revocar o suspender esta licencia si la compañía facilita datos falsos o si los responsables de la empresa no presentan pruebas de buena reputación o una declaración jurada.

La legislación europea establece también que los Estados miembros podrán imponer la obligación de servicio público, en relación con servicios aéreos regulares, con aquellos destinos situados en una región periférica o en desarrollo o con rutas de baja intensidad.

Si ninguna compañía comunitaria asume este servicio público, el Estado miembro podrá conceder dicha ruta y en exclusiva a una sola compañía durante un periodo de cuatro años -hasta ahora eran tres años-, prorrogable uno más si se trata de un destino a una región ultraperiférica, como Canarias.

Los criterios para conceder dicho servicio público se basarán en la adecuación del servicio ofrecido, los precios y condiciones que se pueden proponer a los usuarios y la compensación aportada por los países a las compañías por realizarlos.

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