Local

Lista para sentencia la causa de la moción de censura de Coria

Los seis concejales del PA, los tres del PP, el de IU-CA y el del Partido Independiente Democrático Coriano (Pideco) expulsaron de la Alcaldía al PSOE hace un año.

el 04 abr 2014 / 16:02 h.

TAGS:

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Sevilla  tiene ya lista para sentencia la causa correspondiente a la  impugnación de la moción de censura aprobada el pasado 24 de abril de  2013, por el pleno del Ayuntamiento de Coria del Río. Mediante una  providencia fechada el 24 de marzo de este año y recogida por Europa  Press, la citada instancia declara "finalizado el periodo de prueba,  quedando los autos conclusos para dictar sentencia" en cuanto a la  impugnación de la mencionada moción de censura, gracias a la cual una  coalición liderada por el PA expulsó al PSOE de la Alcaldía de Coria  del Río. A través de esta moción de censura, los seis concejales del PA,  los tres del PP, el de IU-CA y el del Partido Independiente  Democrático Coriano (Pideco) expulsaron de la Alcaldía al PSOE, que  cuenta con diez concejales, y formaron un gobierno de coalición  liderado por el andalucista Modesto González pero sin el edil de  IU-CA, Domingo González Barco. Este concejal, y esto es importante,  había sido suspendido de militancia por IU-CA, con carácter  provisional, a cuenta de su participación en dicha moción de  censura. Los socialistas, en ese sentido, consideran que la suspensión  provisional de militancia de González Barco le convierte en un  concejal "tránsfuga", manifestando así que la moción de censura sería  plenamente "ilegal". CONTROVERTIDA MOCION DE CENSURA Por eso, los socialistas de Coria del Río impugnaron ante el  Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno el acuerdo  plenario correspondiente a la moción de censura que desalojó del  poder a José Vicente Franco con la proclamación del andalucista  Modesto González como nuevo alcalde. Como medida cautelar, los  socialistas habían reclamado que el acuerdo plenario de la moción de  censura fuese suspendido a la espera de que finalizase el litigio,  pero la citada instancia judicial denegó tal petición merced a la  "protección de los derechos constitucionales" de González Barco como  "concejal electo". Aunque los socialistas habían recurrido este auto de fecha 24 de  mayo que denegaba la suspensión cautelar de la moción de censura, la  sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de  Justicia de Andalucía (TSJA) emitió el 5 de febrero una sentencia  resolviendo que "no ha lugar" al recurso de apelación porque "el  incidente cautelar no es el cauce procesal idóneo para decidir la  cuestión de fondo". La adopción de la medida cautelar solicitada,  según señala el TSJA, "exigiría entrar y prejuzgar el fondo a  debate". LISTO PARA SENTENCIA De cualquier modo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo  número uno celebró el pasado 14 de febrero la práctica de diversas  pruebas en torno a esta causa. En concreto, y según un auto emitido  el pasado 22 de enero y recogido por Europa Press, la citada  instancia judicial habría tomado declaración como testigo al  secretario de Organización de IU-CA, José Luis Pérez Tapias,  declarando además el propio González Barco y siendo visionado un  vídeo relacionado con el asunto. Ya el pasado 24 de marzo, el juzgado  ha declarado "finalizado el periodo de prueba", quedando los autos  "conclusos para dictar sentencia".

  • 1