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Los niños de Marín pierden la batalla

La Audiencia desestima la demanda de cinco hermanos nacidos fuera de un matrimonio que reclamaban parte de la herencia

el 03 oct 2010 / 19:01 h.

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La Audiencia de Sevilla acaba de desestimar la demanda de los niños de Marín, que es como son conocidos en Écija estos cinco hermanos que reclamaban una herencia a la que no tuvieron acceso por nacer fuera del matrimonio. Son cuatro mujeres y un hombre, hijos ilegítimos de Antonio Marín, un rico hacendado de Écija, fallecido en 1966. En 2002 ganaron en los tribunales el derecho a llevar el apellido de su padre, que los concibió de una relación extramatrimonial con Pastora Gómez, una empleada.


Desde entonces iniciaron un litigio por que se les reconociera como herederos y se les incluyera en el testamento. La primera demanda fue desestimada por los juzgados de Écija, que argumentaron que el testamento era conforme al derecho vigente en el momento del fallecimiento, resolución que fue confirmada en octubre de 2004 por la Audiencia de Sevilla. En un segundo intento, volvieron a plantear la demanda en 2006, basada en los mismos argumentos, siendo otra vez rechazada al tratarse de “cosa juzgada”. Pero volvieron a reclamar, alegando que el padre “tenía la voluntad coaccionada y no fue libre para dejar en herencia parte de sus bienes a sus cinco hijos extramatrimoniales”, tal y como explicaba entonces el abogado de éstos, Fernando Osuna. En su opinión, no fueron incluidos en el testamento porque en la época se consideraba como delito de adulterio.


El padre dejó un patrimonio de varias viviendas, “alrededor de 120 propiedades”, además de unos tres millones de euros

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