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Los padres tendrán dos años para oponerse al desamparo de sus hijos

El actual Código Civil no impone plazos para que un padre se oponga al desamparo de sus hijos. Los tribunales eran una vía siempre abierta a la que podían recurrir. Una reforma legal, impulsada por la Junta, limitará el plazo a dos años para preservar el derecho de los menores.

el 14 sep 2009 / 22:08 h.

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El actual Código Civil no impone plazos para que un padre se oponga al desamparo de sus hijos. Los tribunales eran una vía siempre abierta a la que podían recurrir. Una reforma legal, impulsada por la Junta, limitará el plazo a dos años para preservar el derecho de los menores.

La declaración de desamparo de un menor y la retirada del mismo a sus padres es una medida extrema que tiene como objetivo el proteger al niño de una situación familiar carente de las condiciones morales y materiales para su desarrollo íntegro. Los padres tienen derecho a oponerse al mismo por vía administrativa y judicial, sin embargo, al contrario que otros asuntos judiciales, no existe plazo legal establecido para oponerse al mismo.

La nueva Ley de Adopción Internacional, cuyo proyecto fue aprobado por el Congreso de los Diputados el pasado 20 de noviembre, incluye una disposición adicional que reforma el Código Civil en este materia, estableciendo, por un lado, un plazo de tres meses para oponerse a la resolución administrativa desde la notificación del desamparo y, por otro, un plazo de dos años para acudir a la jurisdicción civil.

Esta modificación ha sido auspiciada por la Fiscalía de Sevilla -en concreto por el fiscal Antonio Ocaña- y por el juez de menores, Francisco Serrano, titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla -conocido en los medios de comunicación por casos como los de los menores Iván y Sara- e impulsado por la Junta de Andalucía, que tiene las competencias en menores.

Según explicó la directora general de Infancia y Familia, Carmen Belinchón, este nuevo plazo de dos años "es muy importante por la seguridad jurídica que ofrece al niño y la ayuda que supone para los padres", ya que, a su juicio, "a los que se les advierte de que sus hijos no pueden estar toda la vida esperando a que cambien su situación". En este sentido, Belinchón hizo especial hincapié en el tiempo "que no es el mismo para un menor que para los mayores".

"Nuestro objetivo fundamental es que el niño vuelva con sus padres", afirmó, si bien recalcó que "los niños no pueden estar eternamente esperando, ni tampoco puede permanecer en un centro de acogida hasta que sus padres se rehabiliten o la situación familiar se torne idónea", por lo que calificó la reforma como "una garantía jurídica" en favor "del interés supremo del menor".

¿Puede entonces atender la ley al interés de los padres? Belinchón incidió que el que debe ser protegido es el menor, que es el que se encuentra en desamparo. "Evidentemente si prevalece el derecho del menor no puede prevalecer el del mayor", sentenció. Sin embargo, no por ello los progenitores pueden verse, a su criterio, perjudicados por este plazo legal, sino que al contrario -dijo- que "puede ser muy últil para que se propongan cambiar y recuperar a su hijo". Una especie de revulsivo para que los padres se propongan el cambio.

Otra pregunta cabe entonces, porque no todos los casos son inguales. Sólo basta pensar en aquéllos en los que el padre o la madre se encuentren, por ejemplo, en prisión durante más de dos años. Según Belinchón, estas cuestiones están recogidas en la ley, "si hay posibilidades de recuperación y si así lo indica el trabajo de las comisiones de los centros penitenciarios".

Indemnizaciones

Pero una de las cuestiones que surgen inevitablemente en este asunto es el de las indemnizaciones reclamadas por algunos padres ante la imposibilidad de recuperar a sus hijos, en algunas ocasiones porque estos están integrados en un ambiente familiar del que sería muy perjudicial sacarlos, a raíz del conocido caso de Iván y Sara en el que la Audiencia de Sevilla condenó a la Junta, impulsora de esta medida, a pagar a la madre 1,7 millones de euros por la retirada de sus hijos.

La nueva ley evitará que las administraciones tengan que indemnizar con cantidades millonarias a los padres porque los plazos se acortan, si dentro de esos dos años no se muestra la oposición no habrá plazo legal para reclamar a los menores. No obstante, Belinchón remarcó que el interés de la Junta "son los derechos del menor, más allá de las posibles reclamaciones administrativas que se puedan dar, que nada tienen que ver con la ley".

Por su parte, Ocaña también manifestó su satisfacción porque se recoja la propuesta elaborada junto con Serrano. "No era comprensible que no hubiera un plazo establecido y que un padre cuando quisiera reclamara a su hijo cuando éste tuviera ya su vida encauzada", sentenció el fiscal. En este mismo sentido, se expresó Serrano quien afirmó que "la vida de los niños no se puede hipotecar a una posible recuperación de los padres".

Lentitud judicial

Por su parte, el presidente de la Asociación Pro Derechos del Niño y la Niña (Prodeni), José Luis Calvo, se congratuló de esta medida, ya que "era una vieja reivindicación de nuestra entidad", que incluso plantearon en apoyo a la Fiscalía sevillana. Calvo insistió en que "los niños no son propiedad de los padres", sino que estos tienen "el deber de darle todos los cuidados necesarios" y en el hecho de que "para un niño dos años es casi otra dimensión".

Sin embargo, desde Prodeni apuntaron que los problemas en esta materia no son sólo la falta de un plazo legal, sino que va más allá. Así, Calvo destacó en primer lugar la lentitud de los procesos judiciales. "Los procesos son un desastre porque se eternizan y se burocratizan", lo que provoca que "muchas decisiones que el tiempo las hace inadecuada" y que "no permiten que el niño alcance una estabilidad".

Por otro lado, la entidad reclama más medios por parte de la administración autonómica para prevenir los desamparos en familias con problemas y "para trabajar con ellas cuando se ha producido el desamparo", ya que el sistema de protección de menores "está más aventajado y con mucha más experiencia".

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