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Los planes urbanísticos deben reservar suelo para puntos limpios

Los ayuntamientos tienen dos años para adaptar su planeamiento al Reglamento de Residuos

el 06 may 2012 / 19:08 h.

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Un hombre arroja la cristalera de un coche en un punto limpio

Los municipios deberán reservar en su planeamiento urbanístico suelo para puntos limpios de recogida selectiva de residuos. Así lo ordena el nuevo Reglamento de Residuos de Andalucía aprobado por la Junta, que fija unos objetivos plurianuales de reciclaje y aclara las competencias autonómicas, provinciales y locales en materia de gestión de residuos. En el ámbito municipal, la norma obliga a reservar suelo para puntos limpios -destinados a la recogida de aparatos eléctricos, muebles y pequeños electrodomésticos- y da un plazo de dos años a los municipios de más de 5.000 habitantes y de cuatro años a los de más de 2.000 vecinos para adaptarse.


El Reglamento deja claro que es competencia de los ayuntamientos la recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en hogares, comercios y servicios, que pueden prestar de forma mancomunada, así como la recogida de los residuos peligrosos domésticos para su entrega a una entidad autorizada (a través de sus ordenanzas pueden obligar al productor de estos residuos a adoptar medidas para reducirlos o eliminarlos) y la gestión de la basura comercial no peligrosa y los residuos domésticos generados por las industrias, además de la labor de inspección y sanción. Todos los municipios deberán adaptar sus ordenanzas a este Reglamento en el plazo máximo de dos años.


A través de estas ordenanzas, los ayuntamientos deberán "obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o cuyas características dificultan su gestión" a adoptar medidas para eliminar o reducir dichas características o depositarlos en la forma y lugar adecuados". Los municipios son responsables de conceder la autorización de estos depósitos.


La nueva norma obliga a los municipios a remitir a la Delegación provincial de Medio Ambiente un informe anual sobre la cantidad y tipología de los residuos recogidos, tratados y reciclados en su territorio, que deberán remitir antes del 31 de marzo de cada año.


La Junta ha fijado a través de este decreto unos objetivos para la reducción y reciclaje de determinados residuos. Pretende que en 2020 se generen un 10% de residuos menos que en 2010; y en particular un 4% menos de envases en 2012 que en 2006; un 8% menos de neumáticos en 2015 respecto a 2008 y un 10% menos en 2019; y eliminar el 100% de las bolsas de plástico de un solo uso -por las que ya se cobran 5 céntimos por bolsa desde el año pasado- para 2018 (sustituyendo el 60% en 2014, el 70% en 2015 y el 80% en 2016).


En cuanto al reciclaje, el Reglamento prevé que para 2020 se reutilice el 50% de los residuos de plástico, papel, vidrio o metal (la norma obliga a que en 2015 su recogida selectiva esté totalmente implantada); el 55% de los neumáticos en 2015 y el 60% en 2019; y que antes de 2015 se aproveche el 85% del peso medio por vehículo y año de los coches para el desguace y a partir de 2015 el 95%.


El nuevo Reglamento también pretende mejorar las plantas de recuperación y compostaje para reducir el material que se rechaza y se envía a los vertederos porque su alta contaminación impide reciclarlo. El objetivo es reducir en 2015 el material rechazado un 20% respecto a 2008 y que en 2019 se echen atrás un 30% menos de restos.

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